otro que se apunta a una ronda de aspirinas.....je je, pero sigo sin entender eso que dice viesca, en que idioma es? parece que solo le entiende rakshum.....hablaran el mismo idioma....seguramente
Yototutu, me recuerda Vd. a m...de molina cuando insinuaba que raksun y yo teníamos alguna relación...
Comentarle que en esta linea de mensajes despues de escribir yo siempre escribió Vd. en mis últimas tres intervenciones ¿por ello Vd. y yo tenemos alguna relación además de escribir en este foro?
Yototutu, Uuuuf, como debe andar de mal Vd. en relajación, considera tener mas en común conmigo de lo que le gustaría (malo esa sensación ¿no?) su ex pasó de ser "aquella persona inmensa" a ser para Vd. "un enano que se enconde...", cabe que estas reflexiones sean mas propias de un foro, o consulta, de autoayuda, o sicológico/siquiátrico.
Puede que ver a una persona como inmensa y luego como enana indique incapacidad de quien la percibe de valorar de forma adecuada, mas si el verla como enana hace que el perceptor se sienta "superior"...y es de entender que al verlo inmenso se sienta ¿inferior? Idem. con ese pesar que tiene por tener mas cosas en común conmigo de las que quisiera (pero a saber, como pasa de ver inmensa a enana a las personas cabe que conmigo varíe también al otro extremo ¿no?)
Quizás lo que quiere decir Yotutotu, es que cuando estamos enamorados miramos a esa persona diferente, a cuando no lo estamos.
Cuando veo a mi ex marido, con su misma chaquetita azul, y sus zapatos baratos, me haga la misma pregunta que ella, como es que antes me parecia tan....,....,..., y ahora tan paqueño y tan maquetrefe.
Pues yo la ultimavez que vi a mi ex lo unico que pense es...que pena, a lo que hemos llegado, podriamos estar tan bien viviendo cada uno su vida y compartiendo lo bueno de nuestros hijos y mira como nos vemos. Resumiendo, siento pena, en estos momentos ni rabia, ni ganas de venganza, ni alegria porque este mas viejo, pena por como han surgido las cosas.
Hoy es que estoy tontilla.....ainsss
Pues seguramente igual que viesca, que cuando tuvo a su querida hija le prometio amor eterno a la madre de su hija, y ahora la arrastra on muy poca verguenza por todos los sitios arrastrables, incluidos juzgados, foros y donde haga falta. tamien en su momento cuando nacio su hija prometio a si mismo y a quien le escuchaa que siempre cuidaria de que no le faltase nada...y ahora uscando mil y una maneras de eludir dar un euro a su hija y cargando la responsailidad a la madre, ademas de insultarla y amenazarla constantemente.... No señor viesca, no camiare mi opinion sobre usted, ya le gustaria, pero si es cierto que soy mas.....cercano a usted de lo que piensa.....y si eme en su momento pensaba lo mismo que yo que casualmente uvd y rakshum parecen los kikos de telecinco, es algo que piensa mas gente.....casualidades? o tiene usted dualidad....en fin,que lo que a usted le parezca lo que yo diga o deje de decir, me da un poco o un mucho igual...... que corra el aire.....y la lluvia
Yototutu, impresionado quedo al sentir que somos tan cercanos...
Por favor, no confunda a la audiencia, que cuando nació mi hija ya la relación con la madre estaba muy tocada (con decirle que a los tres meses de embarazo ya estábamos de asesor parejil...) y por cierto que si pudiera aportaría lo que corresponde por sentencia a mi hija, pero como soy el único parado de este país...me resulta imposible.
Sus desequilibrios en cuanto a la apreciación de las personas pueden tener remedio con atención especializada. No puede asegurar que no vaya a cambiar de opinión sobre mi, ¿no dice que lo hizo de su ex? si al principio dice que lo idealizaba...y luego lo contrario Esos extremos no pueden ser normales ¿eh?
Por cierto, ya que habla de mi hija, recogí la sentencia de la vista del 20 nov por incumplimiento de visitas, se la aporto.
Sentencia 185/2011 de 24 octubre 2011, Juzgado 1ª Inst. e Inst. 2 de Icod de los Vinos. Tenerife.
Hechos probados:
Único.- José Ramón Viesca y Luz Marina Rosquete tienen una hija en común menor de edad…La menor no quiso ir a visitar a su padre, ante lo cual la madre dejó que se quedara en Tenerife los días que le correspondían al padre ejercer su derecho de visitas sin imponerse a la menor.
Fundamentos jurídicos.
Primero.-…Consta que la menor debía viajar el 20 de abril de 2011 … y que regresaría el 25 de abril del año en curso…
Manifiesta la Sra Rosquete que la menor se opone a ver a su padre y que ella no puede hacer nada a pesar de que la niña cuenta con 12 ó 13 años..
Si bien, es preciso señalar que ambos progenitores tienen que dar cumplimiento al régimen de visitas establecido por resolución judicial hasta tanto no se modifique el mismo, siendo una obligación expresa para ambos lo contenido en la parte dispositiva de tal resolución.
Segundo.-…siendo que en las vacaciones de semana santa no se ha procedido a cumplir (el régimen de visitas) por la progenitora custodia, quien a pesar de tener conocimiento del mismo y de sus términos no se ha impuesto sobre la voluntad de la menor haciendo ésta lo que quiere.
Respecto a las manifestaciones de la madre relativas a que la menor no quiere ir a visitar al padre, éstas no son causa justificadora del comportamiento desarrollado por la Sra. Rosquete pues no se puede imponer la voluntad de una menor sobre las decisiones adoptadas por los por los progenitores en el marco de la guarda y custodia, y mucho menos sobre una decisión adoptada por una resolución judicial.
Fallo.- Que debo condenar y condeno a Luz Marina Rosquete López como autora de incumplimiento de obligaciones familiares establecidas en resolución judicial del artículo 618.2 C.P…a la pena de treinta días con una cuota diaria de cinco euros…
Sentencia 31/2010 de 06/05/2010 Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Icod de los Vinos
….Hechos probados.
Unico.- Queda probado y así se declara: que la denunciada no dejó viajar a su hija para dar cumplimiento al régimen de visitas establecido a favor del padre de la menor y denunciante en las presentes. No sólo impidió a su hija viajar, sino que además coaccionó al padre a través de su hija advirtiéndole de que como no retirara la denuncia que dio origen al juicio de faltas nº54/2009 seguidos en el juzgado de Instrucción nº 1 de Piloña (Asturias), por la que se condenó en sentencia de fecha 1 de julio de 2009 a Dña Luz Rosquete López por coacciones, no dejaría viajar a la hija; todo ello usando a la niña como intermediaria. Finalmente, la madre anuló el viaje que había sido reservado y abonado previamente por el padre.
Fundamentos jurídicos
Segundo.- …En el caso de autos, no cabe duda del incumplimiento a que da lugar la actuación de la madre, quien usa a la niña como intermediaria para ocasionar que el padre no pueda disfrutar de la menor durante el periodo vacacional a que tenía derecho. Por su parte, la madre manifiesta que no deja que la niña vea a su padre porque la menor no desea ver a su padre, asegurando que no influye en la niña. Si bien lo bien cierto es que está usando de la niña para perjudicar al padre, y por supuesto, a su propia hija.
No cabe duda de que la madre está actuando de todo punto en contra del interés superior de la menor a que viene obligada….
Fallo
Que debo condenar y condeno….
Juzgado Primera Instancia e Instrucción nº1 de Piloña-Asturias SENTENCIA 55/2009 a 1 de julio 2009
…los autos de juicio de faltas nº 54/2009 en el que son parte D. José Ramón Viesca, en calidad de denunciante y Luz Rosquete López.
HECHOS PROBADOS
ÚNICO.- Queda probado … que José Ramón Viesca Iglesias, ha mantenido en el espacio temporal que transcurre desde el 8 de noviembre de 2008 hasta el dos de enero de 2009, varias conversaciones telefónicas con la madre de su hija Luz Rosquete López y con su propia hija cuando estaba acompañada por su madre, en las que bien directamente o a través de su hija, le decía que no podría ver a la niña si a cambio no entregaba ciertas cantidades de dinero.
FUNDAMENTOS JURIDICOS
…ya que por medio de conversaciones telefónicas mantenidas con la propia Luz Rosquete López o con su hija siendo acompañada en la conversación por su madre, se supedita por parte de aquella las visitas que legalmente le corresponden con su hija a la entrega de un dinero. Esta afirmación ha sido corroborada por varias personas en el acto del juicio que han podido escuchar las conversaciones telefónicas referidas. Así G B C ha manifestado que en una conversación de la que fue testigo, Luz Rosquete López hablaba a José Ramón que abandonara toda esperanza de ver a la niña ya que no pagaba el dinero que la niña necesitaba, mientras le recriminaba hechos del pasado. De igual forma J L G S ha manifestado saber, por su conocimiento directo, que Luz Marina Rosquete López siempre trató de que José Ramón no viera a la niña porque pagaba poco dinero. Otro testigo D A M aseguró haber escuchado una conversación de José Ramón con su hija, en noviembre de 2008, en la que la menor era apuntada en la conversación por su madre, diciendo que no la vería a menos que pagara ciertas cantidades.
FALLO
Que debo condenar y condeno a Luz Rosquete López como autora personal de una falta de coacciones o vejaciones injustas…a la pena de seis días de localización permanente, así como al pago de las costas causadas.
Yototutu, dice Vd. que "...y ahora la arrastra (a la madre de mi hija) on muy poca verguenza por todos los sitios arrastrables, incluidos juzgados, ..."
Comentarle que si solicitar medidas sobre custodia y alimentos de mi hija y denunciar los incumplimientos de visitas y las coacciones que la madre ejerce para evitar el contacto padre e hija eso es "arrastrar a la madre con poca vergüenza" sería de entender que los juzgadores desestimarían mis pretensiones ¿no? y sin embargo desestiman las pretensiones de la madre y la condenan (por tanto su actuar es incorrecto, no el mio)
Y si nombro a la madre es porque ella se identificó en el foro como la madre de mi hija, con nombre, apellidos, edad, etc. Por tanto tampoco incumplo nada (como Vd. suele decir) Además que las sentencias son públicas.