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Cambio de Apellidos

9 Comentarios
 
Cambio de apellidos
19/09/2009 21:19
Hola a todos/as:
Tengo una hija que pronto será mayor de edad, desde hace ya varios años ha querido cambiarse los apellidos, pero no solo de lugar sino quitarse el de su padre biológico y ponerse el apellido del que ha hecho de padre (mi segundo esposo)desde que tenía 5 años. Su padre biológico no le ha pasado pensión por alimento durante más de 11 años, igual tiempo hace que no la ve, ni se ha puesto en contacto con ella desde ese tiempo.
Mi pregunta es: ¿ Puede llevar a cabo lo que pretende mi hija? y en caso afirmativo, ¿cuál sería la tramitación a seguir?. Gracias.
20/09/2009 00:17
No se puede quitar el apellido de su padre mas que en ciertos casos extremos, el mero hecho de que no le haya pasado la pensión no es motivo...

de todas maneras consulte en el registro civil de su localidad y alli le informaran...
20/09/2009 14:04
Gracias miriam52. Pero es precisamente eso, esos casos extremos los que me gustaría saber donde están recogidos, si hay alguna sentencia, legislación etc.No es sólo el hecho de que no le haya pasado pensión, es que se ha despreocupado de su hija durante muchíiiiiiiisimos años, gracias a que he estado yo y despues mi esposo para sacarla adelante.Yo no sólo pienso en mi y en mi hija, sino en todas aquellas mujeres que en casos similares, no hayan tenido trabajo y tengan que sacar no uno, sino varios hijos adelante.Siempre pienso en eso, ¿cómo es posible que esas criaturas sean abandonadas y nadie haga nada por ellas?.Te estoy escribiendo ésto y la indignación me sale por todos los poros de mi cuerpo.Los hijos, pobrecillos, siempre pagan los errores de los padres y por mucha ley que el Gobierno saque muchos siguen desamparados y pasandolo fatal. Creo que me he ido un poco del tema, pero bueno, tenía ganas de expresar la indignación que siento con este tema.
Gracias por estar ahí.
20/09/2009 22:54
Supongo que los extremos so los de violaciones, intento de asesinato y cosas asi... informate en el registro civil de tu ciudad..

De todas maneras, las cosas no se pueden cambiar, tu hija tiene ese padre biologico mal que le pese.. no puede quitarse su sangre..sus genes...
24/09/2009 17:57
Sterlitzia conozco a una chica que quiere quitarse el apellido de su padre biologico el cual intento violarla cuando tenia entre 3 y 5 años y que nunca jamas se ha preocupado de ella ni pasado una sola pension y resulta que le han solicitado que le pida a ese sr. que dice ser padre una renuncia voluntaria por escrito y que si no no es posible y para rematar la historia este santo sr. le pide una pension alimenticia a su hija, asi que mira que bien funciona la justicia.
Mucha suerte sterlitzia!
24/09/2009 21:07
no puede quitarse ni el apellido ni el ADN.
26/09/2009 22:56
puede cambiarse el orden de los apellidos (si es mayor de edad no necesita consentimiento de nadie), como el segundo en muchas situaciones ni se usa, pues por lo menos esto....
27/09/2009 01:35
La ley 40/1999 de 5 de Noviembre que ha modificado el artículo 109 del código civil, permite que el hijo cuando llegue a la mayoría pueda cambiar el orden de los apellidos. Es una opción del hijo.
El procedimiento lo recoge el artículo 55 de la ley del Registro Civil, y artículos 192, 194 y 198 del Reglamento del Registro Civil.
Primer punto: se puede cambiar el orden de los apellidos a tenor de lo que manda el código civil y la ley y el reglamento del Registro civil en base a lo que os digo.
Segundo punto: no hay padre biológico, padre adoptivo, etc, etc, para la ley solamente existe un padre, y ese padre es quien te inscribe en el Registro Civil manifestando que eres hijo suyo, y a esto se le llama Filiación. Te pone sus apellidos porque manifiesta que él es tu padre, y es el encargado de llevar adelante la responsabilidad de la patria potestad.
No puedes renunciar a la filiación salvo por casos muy tasados (no soy hijo de Jiménez y puedo demostrar que soy hijo de Gonzalez).
El que tu padre tu haya abandonado, que yo sepa no es motivo para cambiar la filiación.
Para este procedimiento puedes acudir al Colegio de Abogados de tu localidad y pedir justicia gratuita, porque eres mayor de edad (18 años) y no tienes dinero para litigar.
Por ultimo, tu heredero legal desde que eres mayor de edad (18 años) hasta que tienes hijos son tus padres, y en caso de fallecimiento del hijo recibirían el 50% de los bienes cada uno de los padres.
Por ello te sugiero que en base al artículo 854 del código civil, instes un procedimiento para desheredar al padre que le ha negado alimentos a su hijo.
Espero que te haya servido mi opinión. SUERTE
29/09/2009 00:03
ACLARACION: No hace falta abogado y procurador para cambiar los apellidos, si lo quieres deseherar si necesitas abogado y procurador, y solamente se pueden cambiar el orden de los apellidos.
SUERTE
29/09/2009 00:31
Gracias jejimlle, eso es lo que quería, legislación al respecto.Una vez haya estudiado bien el tema veré lo que hago.Gracias nuevamente.