Viendo su recomendación hacia el que suscribe, le hace Vd. poco honor a su apodo, amigo.
Porque si ambos estamos de acuerdo en que la mera voluntad es insuficiente, TAMPOCO debe ser entonces determinante para ese cambio de la GYC, que es lo que literalmente dije y mantengo, y que Vd. enmienda escudado tras la simple semántica...nada jurídico en un foro jurídico.
Demuéstreme Vd. que la voluntad es DETERMINANTE para cambiar la persona del custodio, tal y como dije...eso sí, sin informes, avales ni demás parafernalia psicosocial, que yo hablé de la sola "voluntad" sin aditamentos como factor determinante, es decir, como factor capaz de tomar o hacer tomar una resolución (RAE dixit). y punto
Si el adjetivo enmienda lo interpreta Vd. como lo que es requerido para generar esa acción judicial, allá Vd. porque el que suscribe dijo y mantiene otra cosa.
Tiento, si que coincido en este caso con papino, es importante la voluntad en el sentido de que si se plantea la demanda de modificación basado en la voluntad del menor de irse a vivir con el padre, y llegada la exploración de éste, cambia de criterio, obviamente, las posibilidades se reducen a 0. Sin embargo, aún en el caso (como apunta papino) de que el menor manifieste esa firme voluntad, el juez sólo puede escucharlo pero dicha voluntad no vincula al juez en su decisión pues debe atenerse al conjunto de pruebas, y la mayoría de ellas, se rigen en cuanto a valoración a las reglas de la sana crítica, es decir, que quedan a su arbitrio siempre que éste no sea irracional, blablabla.
Un saludo.
Solo dos cosas... finalmente podriais aclararme: Si mi hija fuera ya mayor de edad y mi hijo con 13 años quisiera vivir conmigo, tendria alguna posibilidad desde vuestro punto de vista ??
Por ultimo, os reitero por si teneis alguna opinion...
¿ Habeis leido el articulo de El Mundo. Jueves 15 de enero ?
"Los menores podran defenderse contra la voluntad de sus tutores ".
Sentencia del Constitucional de 22-12-08. Como podemos interpretarla de cara a un asunto como este... ???
hola aun sigo sin poder estar con mi hija, no tengo ayuda practicamente de nadie y creo que solo me queda un ultimo recurso, pienso en solicitarle al juez de guardia que me deje estar con mi hija un ratito, no se si me atendera, ya que creo que tendre dificultades. En principio ya tengo la demanda de guarda y custodia y pension de alimentos (desde que se fue le paso pension de alimentos a mi hija) que ha interpuesto mi ex, se ha solicitado medidas provisionales y se ha admitido la demanda pero no han señalado fecha de la vista y para colmo ademas de la posible huelga, el juzgado esta de traslado al nuevo juzgado, con lo que creo que aun podria tardar mas, no se que hacer mas, los cartuchos que tenia los estoy quemando y no se por donde tengo que ir, pienso en hablar con una trabajadora social, ya que mi ex no lleva a mi hija a la guarderia y practicamente no sale a la calle o si sale es un ratito a la cafeteria de enfrete de su casa. La ultima vez que me hacerque a ella para solicitarle poder estar con mi hija,(previo avisoi por un burofax) la madre (abuela) me denuncio por supuestas amenazas, con lo que el temor que tengo es en cierto modo insuperable, ya que en las ocasiones(2) que llamo al interfono para poder estar con mi hija me dicen que si quiero verla tengo que subir a casa de los abuelos, NO ME FIO, espero que el juez de guardia me escuche y sepa entender que despues de 53 dias sin poder estar con el trocito de corazon que me han arrancado, ( mi angel), me permita de alguna forma que aunque solo sea 30 min. y donde el crea conveniente,me siento coaccionado y no quiero acceder a sus chantajes emocionales, si puede ser comentarme algo aunque solo se palabras de aliento,gracias
Otro, la posibilidad existe, la viabilidad, también. Pero siempre, siempre existe el riesgo de que el juez opine de otra forma. En cualquier caso, siempre te informará mejor un abogado de tu zona, que es quien pisa a diario los juzgados de familia.
Un saludo.