Qué procesos puede hacer un donatario al que se le donó una vivienda no colacionable y años más tarde se cambia el testamento en el que indica que sí será colacionable. Gracias
La dispensa de colación (que solo puede interesar a los descendientes, ascendientes y cónyuge) puede ser revocada por el otorgante. Si el donatario no es un heredero forzoso, no cabe revocar la dispensa de colación.
Disculpe, en este caso al que se le hace la donacion es a un heredero forzoso, si en el ultimo testamento la voluntad del testador es que sí sea colacionable, ademas la testadora puso otra disposion en la que ruega a sus sus hijos que acepten su voluntad, pero de no aceptarla, quedara reducida a la legitima estricta. Mi pregunta es: en caso de intentar la revocacion, qué posibilidad tiene de conseguir mencionada revocacion. Gracias
La dispensa de colación fue revocada con el testamento, y por tanto su estado actual es que no existe tal dispensa. Si el heredero quiere revertir la situación, ha de acudir a un procedimiento contra el resto de los herederos a fin de que acepten no colacionar el bien en cuestión. NO conseguirá que le libren de la colación, porque es preciso respetar última voluntad del donante por encima de todo, y como quiera que se trata de un heredero forzoso, se entiende que la donación fue un adelanto a su legítima y no propiamente una regalo sin contrapartida.