Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

calculo indemnizacion fin contrato

13 Comentarios
 
Calculo indemnizacion fin contrato
13/12/2005 11:22
Hola a todos espero que me ayudeis, x favor!! estoy calculando la indemnizacion a un ferrallista (conv. de la construccion) con contrato de duracion determinada, del 14/06/05 al 14/12/05 (mañana) y con una base TOTAL de cotizacion de 964.87€. Creo que ha disfrutado las vacaciones. Mi calculo es que si a un año son 8 dias a este sr. le corresponderan 4 dias, y si su salario dia es 32.16€(964.87/30=32.16€) sera 128.64€.

Si no hubiera disfrutado las vacaciones, ¿que debiera hacer? ¿el salario dia es el marcado en el convenio o para la indemnizacion lo calculo como lo he hecho? El salario/dia del convenio son 25.65€*4dias= 102.60€.

No se si lo he hecho bien o mi me falta algo, agradeceria cualquier indicacion ya que viene esta tarde al despacho y no quiero fallar. Mil gracias x anticipado.
13/12/2005 12:29
Está correcto tanto indemnización como la cantidad a pagar de vacaciones (25,65).
Cuidado con la indemnización de 8 días, no está exenta de IRPF, no cotiza para la Seguridad Social pero SI TRIBUTA IRPF..
Ojo con la cotización de vacaciones, si tiene pendiente días de vacaciones y se las pagais estás se deben de cotizar a continuación de la fecha de baja.
13/12/2005 12:36
gracias invitado, entonces entiendo que es correcto calcular respecto a la base total y no sobre el salario base sin mas...

es decir: 128.64 +
vacaciones (2,5 dias x 6 meses=15 dias * 32.16€= 482.4€)

total +/- 611.04€

¿Asi?
13/12/2005 12:49
Creo que he puesto que las vacaciones las pagas a 25,65 euros/día, hay un paréntesis en mi contestación con esa cantidad.

2,5 días x 6 meses = 15 días x 25,65 = 384,75 euros en concepto de vacaciones.

La indemnización:
4 días x 32,16 euros = 128,64 euros
13/12/2005 12:54
es q el salario dia del convenio son 25.65 pero si calculo segun la base total de la nomina son 32.16...pero es un mal menor
mil gracias invitado
un placer
13/12/2005 14:51
porque en la base de cotización estará la prorrata de pagas extra y tal vez otros conceptos de devengo superior al mes o irregular.

Posiblemente sea correcto, pero deberias verificar qué conceptos incluía la base de cotizacion del mes pasado y si todos son vigentes ala fecha del fin de contrato.

Un saludo
13/12/2005 15:47
Bea30, ¿Podrías aclarar que contrato de duración determinada es el que tenía el trabajador?
13/12/2005 17:23
hola es un 402...creo q es por obra y servicio...
13/12/2005 18:45
De dónde salen 4 días de vacaciones? Si no ha disfrutado vacaciones, a mi entender, le corresponderán mínimo de 2,5 días por mes X 6 meses trabajados = a 15 días, ¿no?
13/12/2005 18:50
los 4 dias son de indemnizacion y 15 de vacaciones...
13/12/2005 19:00
402 - Contrato por circunstancias de la producción

No estaría de más que miraras la página del Inem para saber que tipos de contratos hay y sus características, por lo menos los más usuales.

Un saludo.

http://www.inem.es/ciudadano/empleo/contratacion/indcon.html
13/12/2005 19:06
pues si, invitado, vas a tener razon, tendre q mirarme esa pagina y estudiar los contratos y sus caracteristicas....es lo malo de ser abogada mercantilista....un abrazo y gracias!!!
14/12/2005 09:38
Hola
Tendrías que mirar el convenio. Para el convenio de la Construcción de Barcelona para cada tipo de contrato y duración del mismo hay una indemnización diferente. Para los contratos por obra y servicio (401)especifica 4'9% sobre todos los conceptos incluidas pagas y vacaciones.
Para los contrato de duración determinada (402) dependiendo del tiempo de duración del mismo, especifica 12 días u 8 días de salario.

Un Saludo
14/12/2005 09:45
Correctisimo Laia. A pesar de que el la legislacion generica prevea 8 dias para los temporales el convenio de la construccion de barcelona mejora esta indemnizacion, y los hace en dos maneras, segun si es eventual o por obra/servicio.