La legítima estricta (el mínimo que se debe dejar a cada hijo) siendo 5 hijos es 1/5 de 1/3, es decir, 1/15. Si el valor de la nuda propiedad de esa vivienda (no el valor de la vivienda; hay que restar el valor del usufructo, que depende de la edad de tu madre) no llega a 1/15 de la masa hereditaria, que es claramente el caso por esas cifras, simplemente se te da a ti ese bien concreto como parte de tu herencia en base a tu legítima, pero el valor de la herencia de cada hijo será el mismo, porque no se llegaría a tocar el de mejora.
Habiendo dejado el usufructo entero a vuestra madre tendréis cada uno 1/5 del valor de la nuda propiedad, simplemente; tú de ese bien, y el resto entre todos, descontándote a ti la parte que recibes mediante ese legado, según decidáis repartir la nuda propiedad de cada uno del resto de bienes.
Somos cinco hermanos.Al morir nuestro padre lega el usufructo vitalicio de todos sus bienes y derechos a su conyuge
a la vez que a mí me lega en cuanto a su cuota ganancial el pleno dominio de un apartamento como LEGADO
que se imputará en primer lugar al tercio de legìtima estricta de su herencia,al de mejora en segundo
lugar y si excediese en ambos al de libre disposición.En el remanente de sus bienes instituye herederos por partes iguales
a sus cinco hijos.
Ademas del apartamento valorado en 160.000€ los demas bienes son:
Dos pisos valorados en 90.000 € cada uno
Un local comercial arrendadao en 4000€/mes y valorado en 400.000 €
Una Sociedad Limitada con alquiler de 12.000 €/mes y valorado en 2.000.000 €
Me gustaria saber como es el calculo de la legitima para cada uno de los cinco.