La pregunta es :
¿El silencio administrativo en materia de licencia de obras puede hacer que una resolución judicial del contencioso que está suspendida hasta que el ayuntamiento se pronuncie , haga que caduque el proceso judicial.?
Hace años me vi en dos procesos por la misma materia " obrar ilegalmente" ,el penal me castigo con 6 meses de prisión y dejó en manos de el ayuntamiento la demolición por estar abierto el otro proceso en el contencioso por la misma materia y por hallarse este suspendido.
Estaba suspendido por qué el contencioso solicitaba la resolución de el expediente de miminizacion de impacto al ayuntamiento , y al día de hoy tras pasar casi cinco años de la suspension el ayuntamiento no ha comunicado dicha resolución al contencioso.
Si la parte no ha denunciado la mora, ni recurrido el silencio, queda consolidada la respuesta (que se entiende positiva) y quiebra el procedimiento administrativo por caducidad de instancia, entendiendo que sin impulso de parte no hay nada.