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Caducidad Procedimiento Administrativo

3 Comentarios
 
Caducidad procedimiento administrativo
perfil Isi
01/12/2003 14:27
Buenas tardes a todos;

Mi pregunta es la siguiente: ¿cómo se debe interpretar el contenido del Artículo 42.2 de la Ley 30/92?

Veréis. Tengo un Acuerdo de Iniciación de Procedimiento Sancionador dictado el 05/01/02. En el pie de dicho Acuerdo se hace constar que el plazo máximo para resolver y notificar el expediente es de 6 meses. ¿Cuál es el acto de resolución del expediente que debe dictarse en esos 6 meses?¿Cuándo puedo entender que se ha producido la caducidad del expediente?

Muchas gracias de antemano por vuestra experta colaboración.
02/12/2003 10:05
Transcurrido el plazo, se produce la caducidad del expediente, sin mas. Ahora bien siempre que el expediernte no este paralizado por tu culpa (causas imputables al interesado)
Un saludo
03/12/2003 09:52
Isi ¿de qué clase de procedimiento se trata? Lo digo porque es muy probable que haya prescripción de la infracción o caducidad del procedimiento. ¿¿Has ido interponiendo recursos?? Si nos das más datos es posible que te podamos ayudar favorablemente.
03/12/2003 23:23
¿Cómo es la infracción: grave, leve...? Art. 132