La acción ejecutiva caduca a los 5 años. Si mediante auto se inadmitió debió haber interpuesto recurso de apelación o, tras la firmeza del auto, nuevamente el proceso si no operaba ya la cosa juzgada.
Está caducada.
Un saludo.
¿caduca una ejecución de títulos judiciales no admitida?
Solicitada una ejecución de títulos judiciales ésta resulta no admitida, sin que posteriormente (han transcurrido casi 7 años desde la inadmisión) se subsanen los motivos que llevaron a declarar dicha inadmisión ni se vuelva a solicitar la ejecución, ¿operaría la caducidad? ¿O una vez solicitada la ejecución, aunque no haya sido admitida, ya no caducaría nunca?