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cacheo en plena calle

25 Comentarios
Viendo 21 - 25 de 25 comentarios
03/06/2005 05:48
Vamos poniéndonos de acuerdo:

Cuando aseveré que todas las policías del mundo se parecen, tal aserto lo relacioné con un fenómeno de abuso del poder, nunca con esa institución conocida como "soborno", que son cuestiones que, aunque llevadas de la mano, muy diferentes.

En efecto, si analizamos la conducta y formación de la policía, nos iermos enterando que van cayendo en una "deformación" por la cual se acostumbran al poder y abusan del mismo, no porque lo hagan de mala fé, sino precisamente porque la costumbre va tomando carta de naturaleza y condiciona su forma de mirar a la gente, Vícot Hugo retrató admirablemente esta caracterísica en el policía que perseguía implacablemente a Jean Valjean en "Los Miserables".

Y para no ir muy lejos, aquí, en este mismo foro, hemos tenido ejemplos constantes de policías españoles exageradamente celosos de su deber, lo cual los ha llevado a ser motivo de queja, repito, en este mismo foro, por ello es que insisto en mi hipótesis antes expresada: "La única presunción válida es que la policía abusa de su autoridad, y esta es una presunción válida tanto en México, como en España y aún en la China."

Por cierto que en China tenemos el ejemplo de la plaza de Tianamen.

Saludos desde México capital.
Alejandro González Flandes
03/06/2005 16:50
¿Perseguir implacablemente a un delincuente es "abuso de poder"? Aquí en España no Licenciado.
No confundamos la ética particular con el Derecho ni el atún con el betún.
Aquí en España la Policía no puede llegar a acostumbrarse a abusar de su poder, más bien está acostumbrada a que se abuse de ella desde determinadas instancias. ¿Quieres ejemplos? Te puedo contar algunos que he vivido personalmente (aunque no en mis carnes):

1.- Señora estaciona su vehículo en segunda fila, de tal forma que el vehículo policial correctamente estacionado no puede iniciar la marcha. Tras esperar unos minutos, se da aviso al servicio de grúa, quién llega al lugar a la vez que la conductora, tras comprobarse que el vehículo en cuestión no estaba asegurado se procedía a su inmovilización (En España existe esta posibilidad legal), cuando la "señora" que se percata de ello, tras varios insultos de todo tipo al estilo de "Ustedes no tenéis cojones, ya os enteraréis cuando os coja mi marido...", agarra por el cuello a uno de los agentes (en ademán típico de estrangularlo) llegando a tirarlo al suelo. Tras la detención y posteriores diligencias, el procedimiento pasó a juicio de faltas. En el juicio esta señora no tenía problemas en reconocer los hechos: "Sí, es cierto, lo agarre por el cuello, y si no viene el otro hijoputa a este me lo cargaba, por supuesto que lo mataba, a mí no me quita el coche nadie", pese a las reprimendas continuas del Juez. Se dictó sentencia "in voce": "20 Euros de multa", ya que la persona decía estar en paro. (Claro, si se hubiera indagado lo mínimo se hubiera comprobado que esta señora es titular de dos vehículos y dos inmuebles en la misma localidad de los hechos".

2.- Un policía observa como tres menores de edad se encuentran rompiendo varios arbolitos plantados en la vía pública, tras lograr interceptar a dos de ellos, un tercero se da a la fuga, siendo interceptado una hora después y trasladado a Comisaría a efectos únicos de su identificación, ya que no presentaba documentación acreditativa, marchándose posteriormente. El joven fue visto en numerosas ocasiones de la zona de "movida" durante esa noche.
Tres horas después de la identificación, el menor y su padre comparecen en Comisaría para denunciar que el policía le ha agredido en el interior de la Comisaría, cuando fue trasladado para su identificación. Presentan parte facultativo de asistencia médica realizado dos horas y media después de la identificación. No tiene testigos ni más pruebas que su declaración y ese parte.
El día del juicio oral:

- Comparecen varios agentes que se encontraban en el interior de la Comisaría cuando el menor fue identificado, el Juez entiende que no son necesarias sus declaraciones, en la sentencia dijo después que eran parciales por ser compañeros de trabajo.

- Comparecen los menores que iban con el denunciante el día de los hechos y manifiestan que su compañero tiene un comportamiento agresivo e irreflexivo y que el agente que los denunció (a ellos por lo de los árboles) los trató con todo rigor y educación.

- El Juez reconoce el parte facultativo como "ilegible".

- El menor presuntamente agredido reconoce que tras ser identificado, se marchó a la movida y no se lo dijo a su padre tras varias horas después.

- El médico forense no apreció lesiones en el menor (según decía podían haber sido borradas por el transcurso del tiempo).

- El padre del menor presentó como única prueba una fotografía que él mismo le hizo, ampliada, en la que se observaba el globo ocular, que parecía irritado o enrojecido (tal y como aparece tras consumir alcohol).

Tras varios días se recibió la sentencia 300 Euros de multa para el agente, que además tuvo que abonar otros 250 Euros en concepto de indemnización.


Esto señores, es lo que temen muchos de los policías que trabajan en la calle, y después hay gente que pregunta ¿Por qué la policía no intervino de tal forma?¿Por qué la policía evita ciertas cosas? Aunque estos hechos no justifican esas actitudes, no es menos cierto que habría que reconsiderar las posturas de muchos jueces y fiscales que no hacen más que fomentar la apatía de los agentes de la autoridad.


Saludos..
03/06/2005 19:13
Se me olvidaba decir que en el caso 2, se planteó el correspondiente recurso, resultado: sentencia inamovible.
04/06/2005 00:34
No me extraña nada de lo que dice PpBb porque, no se en otros paises, pero aquí en España, los delincuentes y pícaros/as que se hacen pasar por pobrecitos/as y desprotegidos/as son los que ganan los pleitos. Sólo hace falta saber mentir medianamente y presentar documentos falsos si es necesario.
perfil dp
04/06/2005 15:23
Ejemplos, casuística? Se pueden traer a colación miles de ejemplos donde la situación es la contraria (yo he sido víctima y testigo en muchos casos, tanto de lo narrado como de lo contrario). Siempre serán mayoría los ejemplos que tienen como víctima a ciudadanos. Por otra parte, se dice que se "fomenta la apatía"? Pues si no "llena" el trabajo que uno realiza se cambia de profesión. Invierte en autoformación, te sacrificas (mientras los demás se divierten) y tras unos años robando horas al sueño, familia, etc. puedes decir adiós a lo mal pagado y desquiciante. Esto lo hemos hecho muchos mientras el resto se compadecía y "seguía tragando" (y lo que les queda).

Por otra parte, si los atestados se presentaran con soporte probatorio fundamentado (no las eternas testificales de siempre, cotidianamente contradictorias e ilógicas, sino pruebas objetivas) los jueces no dejarían en libertad a probados delincuentes y no considerarían las declaraciones policiales como parciales por ser sólo compañeros de trabajo (quizás se presentaron 385 policías a declarar y por eso el juez, que ya se conoce "el patio", no las admitió)
Alquien cree que un juez deja en libertad a un traficante o ignora las testificales de los agentes porque sí?. Pues no, pero porque ellos deben aplicar la ley y dictar resoluciones MOTIVADAS. Ellos mismos se quejan de que las FCS no aportan buen sustento probatorio como para poder decretar, por ejemplo, una prisión provisional (medida que al restringir un derecho fundamental vital debe estar justificada y motivada al extremo). Aún, así también dicen que son "unas madres" respecto a las actuaciones más discutibles.
Como en todo, siempre hay excelentes excepciones.

Todavía recuerdo la cara de un agente cuando tras declarar que había sido "agarrado por el cuello" por un "delincuente" tras ser denunciado por una infracción tráfico su abogado presentó un certificado del CNP conforme ese ciudadano ese día a esa hora estaba opositando a dicho cuerpo.
Respuesta del agente: "ví pasar su coche y creí que era él". Consecuencia penal? Esta por ver, pero el instructor es fan pro-CFS pues deniega todo lo que la otra parte pide.
Sigamos con la casuística
04/06/2005 16:41
PpBb:

Me parece que los dos ejemplos que se relacionan con actuaciones de la policía española la dejan muy mal parada.

En efecto, respecto del primer ejemplo se menciona que “(Claro, si se hubiera indagado lo mínimo se hubiera comprobado que esta señora es titular de dos vehículos y dos inmuebles en la misma localidad de los hechos".” (SIC), siendo el caso que esta comprobación en modo alguno correspondía al juzgador, sino a los policías, quienes de esta manera quedan como ineptos e incapaces de hacer un buen trabajo.

En tratándose del segundo ejemplo, es perfectamente apreciable que el juez español viene aplicando el principio que enuncié como “La única presunción válida es que la policía abusa de su autoridad, y esta es una presunción válida tanto en México, como en España y aún en la China.", lo que se confirma por el hecho de que el mismo juzgador, en su sentencia desecha la testimonial de varios compañeros del policía procesado, “en la sentencia dijo después que eran parciales por ser compañeros de trabajo.” (SIC).

Igualmente, DP menciona que: “Yo critico el pobre nivel medio general, con muchas y grandes excepciones, mayoritario. Ello es producto del sistema educativo actual y del reclutamiento del personal, agravado con la pobre formación que se da en las Academías (Avila, Úbeda/Baeza, Mollet, etc.). A ello se le suma el año de prácticas donde los agentes cogen todos los malos vicios de la profesión. Resultado, lo que hay. Otra cosa muy distinta es la corrupción, de la que existen muy pocos casos afortunadamente” (SIC), y es el caso que en México ocurre lo mismo en relación con la preparación de la policía, aunque cierto es que también se han hecho grandes esfuerzos para mejorarla, al grado tal que inclusive, en alguna época pasada, se llegó a homologar la preparación policial con un grado académico de licenciatura, y hasta se otorgaron títulos y cédulas profesionales con patente de ejercicio, pero no pasan de 30 ó 40 elementos (que ahora son jefes) de tener esa capacitación profesional.

Insisto que una cuestión es la preparación del policía y otra muy diferente la corrupción de la misma, y creo que para entender mayormente el asunto, es necesario mencionar que la investigación de los delitos en México corresponde exclusivamente al Ministerio Público, y la policía es apenas un auxiliar para esta tarea y con funciones principales de vigilar el cumplimiento de reglamentos administrativos como el de tránsito y el de justicia cívica.

Pero el maltrato o las ofensas que un policía prodigue a un particular, en México es un delito de “abuso de autoridad”, y si un particular injuria o se resiste a la labor de un policía, actualiza los delitos de “ultrajes a la autoridad” y de “resistencia de particulares”, pero para que en ambos casos se llegue ante el juez, el Ministerio Público debe de hacer una labor comprobatoria del cuerpo del delito y de la probable responsabilidad, eso se denomina “averiguación previa”.

Saludos desde México Capital.
Alejandro González Flandes.