tengo un procedimiento de divorcio. yo interpuse una demanda pero la otra parte también.
a cada uno nos han emplazo en el procedimiento correspondiente, supongo que despues acumularán.
la cuestión es ¿cabría que yo en la contestación a la demanda que ha intepuesto la contraria, solicite la adopción de medidas provisionales basandome en la mala relación de la pareja y los múltiples problemas a la hora de concretar las visitas con el menor?
MUCHAS GRACIAS
Según el árticulo 773.4Lec podrá solicitar medidas provisionales el cónyuge demandado cuando no se hubieran adoptado con anterioridad o no hubieran sido solicitadas por el actor.
También entiendo que podrías presentar un escrito en base al art.158 CC solicitando la fijación
del régimen de visitas, a fin de que el juez adopte una resolución urgente en interés del menor.La adopción de las medidas cautelares del art. 158 CC procede en cualquier fase del procedimiento.