Saludos. En primer lugar, agradecer las respuestas para el asusto que me ocupa.
Estoy tratando de averiguar si en su día, algún hermano mío hizo la declaración de herederos de mi madre que murió hace 40 años. El primer paso que he dado, a sido acudir a una notaria de confianza situada en el ultimo domicilio de mi madre, y desde allí me indican que no tienen acta de tal declaración porque es muy posible que de haberse hecho fuera anterior al año 1992 que es a partir de donde están informatizados los documentos. Desde la notaria, dicen que quizás, por esa época podría haberse hecho la declaración de herederos ante un juez. De haberse producido de esta manera ¿como podría llegar hasta ella?
Podría llegar hasta ella a través de los libros de registro del Juzgado. Si es pequeñito, no tendrá problema, habla con registro o secretario judicial para que le deje mirar los libros. Tendrá que buscar registro por registro desde fecha de fallecimiento en adelante.
Si se hizo, estará con suerte archivado como legajo, según el tiempo transcurrido. Si tiene 40 años, igual ya ni existe el expediente pues cuando transcurre tanto tiempo, hacen limpieza de los archivos y se destruyen. Si es así, deberá hacer una nueva declaración, bien en notaria al ser herederos forzosos, bien judicialmente. Un saludo.
PD. Puede también requerir a sus hermanos por escrito (si no hay buena sintonía) para que le faciliten ese dato, antes de entablar las correspondientes acciones. Un saludo.
Acudi al juzgado de primera instancia, y los funcionarios que me han atendido han sido muy amables con migo tratando de buscar el apunte en los libros de registro, pero lo cierto es que no hemos tenido exito pues hay que mirar apunte por apunte y sin tener una fecha concreta para centrar la busqueda es tarea de chinos.
Hablando con un hermano, me cuenta, que hace unos 20 años se citaron a todos los descendientes en una notaria para realizar la particion de la herencia (lo que me invita a pensar que la declaracion de herederos de mi padre si que esta hecha, aunque ninguno tengamos en nuestro poder el acta de notoriedad). Por lo visto, en esa particion no hubo acuerdo y no se llego a recibir los bienes.
¿Es posible que pueda continuar con el tramite desde el punto muerto donde se quedo si encontrase la notaria en la que ocurrio lo que digo?
Bueno, yo así localicé un juicio de los años 30 (1.930 y algo) en 1.996 y conseguí fotocopiar y testimoniar el contenido. ¡¡Claro que es tarea de chinos!! Si llego a esperar un poco más, estaba en el incinerador pues iban a limpiar el archivo.
Cuando los herederos son forzosos y están conformes, si, la declaración va a notaría. Los colaterales deben acudir al juzgado a hacer la declaración. Pregunte en el colegio notarial a ver si pueden orientarle sobre la notaría.
Si encuentra la declaración, si, puede continuar desde ahi. Un saludo.
Una notaria, que no haya llegado a formalizar la escritura de partición de herencia por falta de acuerdo entre ellos ¿conserva la documentación necesaria para el tramite, es decir cuaderno particional, declaraciones de herederos, etc?
Una cosa es la declaración de herederos y otra, la liquidación y partición de la herencia. Para lo segundo, hay que presentar la declaración de herederos (aunque puede haberse hecho incluso en otra notaría), por ello, pregunte por la declaración de manera independiente y por la partición (si no ha pasado mucho tiempo de la segunda). Un saludo.