Hola, mi duda es la siguiente: Mi suegra ha donado a mi marido una finca en la que tenemos intención de hacer una casa. El caso es que la casa vamos a pagarla con un dinero privativo mío de unas acciones que tengo desde antes de casarme. Mi duda es si en el momento de escriturar la casa se podría hacer a nombre mío o al de nuestro hijo, ya que este dinero es privativo mío y la finca privativa suya. El problema viene por que el tiene dos hijos de un matrimonio anterior, que son herederos de dicha finca por tanto, y claro yo si invierto mi dinero en dicha casa quiero que ésta sea para mi hijo y que sus hijos no tengan parte en ella.
¿esto es posible? ¿Aunque sus hijos sean herederos de la finca la casa puede ser solo de mi hijo ya que la pagaré yo? ¡Sería mejor ponerla a mi nombre o al de mi hijo? ¿Como podríamos hacerlo?
Muchas gracias.
Soluciones existen varias, pero lo mejor y para evitar problemas futuros es que tanto la parcela como la vivienda sean de la misma persona/s.
Pueden por ejemplo realizar donación de la parcela y de la vivienda a su hijo y dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia deberán pagar más o menos impuestos (En Valencia existe el 99% de exención en el impuesto).
También pueden dejar el solar y la vivienda a nombre de quien quieran, realizar testamento dejando el usufructo al otro cónguye y para cuando fallezca el cónyuge supértite, que exista en el testamento un legado de la parcela y de la vivienda a favor del hijo común.