Mi padre viudo con dos hijos, se casó con una mujer soltera sin hijos. Él aportó todos sus bienes al matrimonio como gananciales y ella no, pese a tener bienes privativos (tierras de naranjos).
- ¿Estaba ella obligada a aportar sus bienes privativos para que sus rendimientos incrementaran los gananciales?
- ¿Podemos los herederos de él, en caso de fallecimiento reclamar dichos rendimientos? En caso afirmativo ¿qué plazo hay?.
- Tal y como están las cosas hoy día y contando con que como gananciales hay un piso y valores ¿qué correspondería a cada una de las partes?
Gayata:
Eso quien mejor os puede asesora es un notario, y tampoco informais si hay testamento hecho, que es muy importante para opinar.
Porque en realidad de los bienes de vuestro padre teneis solo dos partes, la legitima y la de mejora, la de libre designacion se suele dejar a la viuda, aparte de que no se si contais de que de la mitad de todos los bienes el cincuenta por ciento es de ella.
Sobre los bienes de ella, nada que hacer, ya que no es nada vuestro, de ella no heredais nada de nada, de no ser que quiera dejaros algo en testamento, el que si hereda es el marido, osea vuestro padre.
Un saludo.