Quisiera asesoramiento para ver si puede prosperar el siguiente tema: mis padres se separaron de hecho , y cada uno ha estado viviendo en una provincia . Yo me quedé con mi madre , mi padre se quedó con una hermana soltera de el. Mi padre compró un piso pero lo escrituraron al nombre de mi tía en la cual queda reflejado que su profesión era sus labores ( no tenía dinero) Ella es soltera y ha nombrado heredera universal a una prima que vive en la misma ciudad. También compró mi padre cocheras y las escrituró a medias con su hermana ,(las vendieron) Cuando falleció mi padre se abrió testamento y solo figuraba un campo en el que la mitad estaba escriturado a nombre de mi tía de profesión sus labores y la otra media al de mi padre , por tanto me ha correspondido la legítima de esa media y la parte a mi madre de esa media menos mi legítima
La pregunta es la siguiente , debido al estado de enfermedad de mi madre y a la distancia , deje el tema . Pero Mi madre no se conformó. Hoy esta fallecida . Quisiera saber si algo puedo recuperar. Estaría dispuesta a dar el asunto al letrado que pudiera hacerse cargo es cerca de Toledo
El hecho de que su tía fuese ama de casa no es suficiente para que un juez exija explicaciones de dónde sacó el dinero para pagar las adquisiciones, pues sea cual fuere la vida laboral de su tía, y solo por ese hecho, no se puede deducir una insolvencia y que las personas de ese oficio no puedan acceder a comprar, y mucho menos que sus transacciones sean nulas. . Aún en el caso de que su tía hubiese hubiese sido insolvente, no tiene por qué deducirse que el dinero usado para comprar fuese precisamente el de su hermano fallecido, pues su tía no tiene que probar de dónde sacó el dinero, sino usted tiene que acreditar que era el de su padre, y no valen suposiciones. La pretensión de que se revisen escrituras, ingresos y cuentas para que se anulen las compraventas y se le den esas propiedades a otra persona, a usted, es una desmesura.