Entonces como queda demostrado que el dinero y su procedencia viene de la venta de un inmueble privativo.
Queda como privativo ?
Seria conveniente hacer algún documento previo que lo justifique?
Efectivamente la vivienda adquirida por herencia será privativa, pero si la alquila, lo que se obtenga será ganancial, y de igual forma si la vende el dinero obtenido tendrá carácter ganancial en cuanto que el dinero es un bien fungible. No obstante la ganancialidad se presume y puede articularse prueba en contra de que el dinero es privativo (imposiciones a plazo fijo, compra directamente de otro bien con ese dinero...)
Si tiene cualquier duda, consulta o precisa de un escrito puede contar con nosotros.
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Tengo una casa heredada de mis padres que actualmente
tengo en venta.
Si se vende, con el dinero que perciba tengo intención de
abrir una cuenta bancaría,solo a mi nombre como titular de que este dinero es un bien privativo.
Estoy casado en bienes gananciales y creo sin certeza que
ese dinero no tiene por que ser compartido,debido a que es heredado.
Creéis que lo que pienso hacer me sirve legalmente o debería hacerlo de otra manera?.
Si decido hacer un depósito bancario con un tanto por ciento de interés los intereses obtenidos creo son compartidos por gananciales pero el total del haber sólo sería mío.