Buenos días, tengo una invalidez reconocida de un 33%. Quiero vender mi piso y con ese dinero comprar otro. ¿Tengo algún beneficio tributario al tener la invalidez?
Gracias
El beneficio obtenido de la venta lo tiene que incluir en su declaración del IRPF, y si procede (hay ciertos requisitos) se aplicaría la exención por reinversión. Si no lo reinvierte todo el exceso tendría que tributar, y como es por la declaración de IRPF sí que se beneficiaría de esa invalidez, ya que la misma afecta automáticamente al cálculo de su declaración.