Los herederos no pueden revocar la estipulación en favor de tercero. Otra cosa es que los herederos del desaparecido lo puedan reclamar a la compañía, pero para ello han de acreditar que o ha fallecido o hay una declaración de fallecimiento resuelta.
Hola!
Si un persona contrato dos seguros de vida simultaneamente con distintos beneficiarios, uno en favor de los hijos, y el otro con beneficiario distinto. Una vez fallecido el estipulante, los hijos cobran la poliza que les correspondia, pero el otro beneficiario no aparece, no lo encuntran. Entonces me pregunto: pueden los herederos legales del estipulante revocar la estipulacion? En caso afirmativo, ellos se quedarian con la poliza de dicho tercer beneficiario desaparecido? O pueden los herederos legales del desaparecido exigir el pago de la poliza? Y si no, a quien le corresponderia cobrar dicha poliza de esa persona que no aparece para exigir su cobro?
Espero que puedan ayudarme. Gracias!