Si se acaba un contrato de tres meses,pero anteriormente a ese contrato se ha cotizado 9 años y nunca se ha utilizado el desempleo, que bases son las que se cogen para al calculo de la prestación, ¿Solo las de los tres meses del ultimo contrato, o las de todo el periodo anterior que se ha trabajado?.Y cuanto serÃa la duración de la prestación teniendo en cuenta que nunca he utilizado el desempleo y he cotizado esos 9 años.Muchas gracias.
Mejor que sea de cuatro meses.
Ya que ese tipo de acción podrÃa ir orientado a solicitar el pago único. Y si es a buen sueldo y cotización mucho mejor.
Para el calculo de la base se usan los últimos seis meses. Y la duración de esa pestación serÃa de 720 ya que el máximo previsto de cotización es 2.160 dÃas tanto lo uno como lo otro. Saludos
Pero si te fuiste voluntariamente de ese trabajo debes cotizar "al menos tres meses" para podfer pedir el desmpleo, y se tendran en cuenta lso ultimos 180 dias para los calculos.
Efectivamente, tal y como pone esta norma ArtÃculo 211. CuantÃa de la prestación por desempleo.
1. La base reguladora de la prestación por desempleo será el promedio de la base por la que se haya cotizado por dicha contingencia durante los últimos 180 dÃs del perÃodo a que se refiere el apartado 1 del artÃculo anterior. Osea de la anterior empresa te correspnderÃan 3 o 2, según...
"josecri", una cosa es el articulado y otra distina, es la norma (que no mencionas) dónde reside dicho articulado... La norma a la que se está refiriendo es la LGSS (RD Legislativo 1/1994).
Por lo que respecta al tema de tener un contrato de 4 o 5 meses, creo que te estás refiriendo al art. 208.1.g LGSS, pero dicho artÃculo no dice nada sobre la duración mÃnima de un contrato... La norma es clara, y el funcionario de turno del SPEE o el propio ente, no puede contradecir lo dispuesto en norma legal.
Le responde a Arcilla, para decirle que con ese trabajo de los 9 años no ha pasado aun nada,pero pasará dentro de unos dias en que nos van a meter a todos en un expediente de regulacion de empleo y un despido de 20 dias por año.Gracias por tu interes,amigo.
Mi opinion es que un trabajo es un trabajo aunque se considere mal pagado y que la prestacion de desempleo se debe utilizar cuando realmente se necesita (cuando te quedes sin trabajo).
Es simplemente una opinion, no te lo tomes a mal.
Ahora lo hemos entendido todos.Sugnifica que un contrato de 3 meses no genera por si mismo desempleo,pero si tienes desempleo pendiente lo puedes recuperar,tanto en tiempo como en cantidad,¿No es as�.Gracias otra vez.