Buenos dias. Agradecería si alguien me puede indicar si cuando se reconoce una incapacidad permanente las bases que se tienen en cuenta para hacer el cálculo son las inmediatemante anteriores a la fecha del reconocimiento de la incapacidad, o bien se consideran las anteriores a la baja temporal de la cual se derive la incapacidad
Un saludo,
Quizás hoy esté reivindicativa o espesa o ...
Pero para el cálculo de la incapacidad permanente, dependiendo de la edad del causante son las bases inmediatamente anteriores a aquél en que se produce el hecho causante. El hecho causante normalmente se entiende producido en la fecha de extinción de la incapacidad temporal (Hay excepciones)