Quizás hoy esté reivindicativa o espesa o ...
Pero para el cálculo de la incapacidad permanente, dependiendo de la edad del causante son las bases inmediatamente anteriores a aquél en que se produce el hecho causante. El hecho causante normalmente se entiende producido en la fecha de extinción de la incapacidad temporal (Hay excepciones)
Buenos dias. Agradecería si alguien me puede indicar si cuando se reconoce una incapacidad permanente las bases que se tienen en cuenta para hacer el cálculo son las inmediatemante anteriores a la fecha del reconocimiento de la incapacidad, o bien se consideran las anteriores a la baja temporal de la cual se derive la incapacidad
Un saludo,