Por propia experiencia sé que los Servicios Juridicos de cada Banco actuan de manera diferente, unos son escrupulosos al máximo, que es como deben de ser, y otros obran bastante a la ligera, me refiero a TRMAS DE HERENCIAS.
voy a poner un ejemplo que me ha pasado, tengo un Poder Notarial absoluto de mis hijos, pués según la entidad Bancaria, no valía, y menuda lucha que he tenido para resolver la Herencia, al final me dieron la razón.
El Banco tiene toda la responsabilidad. Es el custodio e los activos financieros.
Por otra parte, tienen unos magnificos departamentos de Asesoria Jurídica (con experiencia... para aburrir.. porque les ha pasado de casi todo), y por la cuenta que les trae no sueltan un centimo sin el consentimiento expreso de dicho departamento. Por consiguiente, o uno/s de los herederos es cotitular de la cuenta y sin avisar al Banco del fallecimiento de otro cotitular ha procedido a vaciarla (es lo que normalmente se hace), o hay algo mas que desconocemos en este caso.
El banco también puede haber sido engañado. No tiene una responsabilidad automática si obró con suficiente diligencia. Por eso no puedo dar por sentado que cabe demandarle. A quien a buen seguro se puede es al heredero que cobra lo que no debe y no lo entrega. Desconozco por supuesto su solvencia.
La solvencia de un Banco es mayor -normalmente-. Seguro que el coheredero, sabedor de que cobraba lo que no le pertenecía, ya ha hecho desaparecer el dinero.
Lyra: No tiene que pedir perdón; si el Banco ha entregado dinero que le pertenecía a usted a un tercer heredero, lo que debe de hacer es reclamar al Banco lo que le corresponda y si no lo hace, demandarle en el Juzgado, no en el Banco de España.
¡Perdone Vd.!, Sr./Sra. López Mingo, hay Bancos que obran a la ligera, no cuentan con todos los Herederos, leen un Testamento y se fian al pié de la Letra, cuando hay que cosas que no son exactas, todos los hijos tienen derecho a la Legitima, el viudo/Vda. al usufructo y si no existen albaceas ni repartidores y no se acude al Notario....pasa lo que pasa.
Los Bancos no reparten las herencias. Debe explicarse mejor. Cuando los herederos pactan las operaciones particionales, o se ejecutan por los albaceas contadores partidores, o se fijan por una resolución judicial, los herederos con el respectivo título que contiene su hijuela se dirigen al Banco, se identifican, entregan copia de su hijuela y cobran lo que les corresponda que esté en el Banco.
El Banco de España no pinta nada.
En la situación en la que el Banco de España, descubriese que un Banco ha repartido mal la herencia, es decir dar dinero a algunos herederos y no haciendo bien las cosas, ¿Que puede ocurrir?