Durante la baja por maternidad, mientras estás percibiendo la prestación por maternidad, ¿tienes derecho a cobrar los 100 € mensuales que paga la Agencia Tributaria por hijo menor de tres años?
El hecho de encontrarse recibiendo prestaciones por maternidad no significa que deje de realizarse una actividad por cuenta propia o ajena con cotizaciones a la Seguridad Social.
En conclusión, se puede cobrar los 100 € mensuales estando de baja por maternidad, siempre que se reúnan los restantes requisitos.