Buenas tardes, lo que parece claro, es que está desempeñando funciones o tareas no que caen dentro de su categoría profesional, y que se podría negar desde un principio, pero ahora tiene el argumento perfecto al estar embarazada. En mi opinión soy partidario de que si una persona no está al 100% acuda al médico y que le extiendan la baja, porque es más, incluso el propio empresario es quién debe velar por la salud del trabajador/a. Como despedir la pueden despedir, pero estando de baja, y el cuadro clínico que dibuja, embarazada con ciática, tiene todas las probabilidades de ser declarado nulo, por atentar contra su derecho fundamental, derecho a no ser discriminada por razón de sexo, en mi opinión, y por el trasfondo de situación futura de maternidad y posible ejercicio de otros derechos como reducción de jornada por ej. para conciliación familiar, etc.
Buenas, mi pregunta es la siguiente. Actualmente trabajo como auxiliar administrativo con atención al cliente, es en una empresa de materiales de construcción para baños por lo que además de mi trabajo como administrativo si entra algún cliente tengo que enseñarle el material, es decir coger azulejos en peso y enseñarselo al cliente, ya que la mayoría de ellos no los tenemos en un muestrario vertical, además de realizar trabajos de limpieza. Actualmente estoy embarazada de 20 semanas, ya no tengo esa facilidad de movimiento y coger un azulejo que esté en el suelo y levantarlo para enseñárselo al cliente me cuesta (medidas de 60x60cm) la última vez que cogí varios para atender a un cliente estuve dos días con ciática. En la empresa me dicen que por contrato lo sienten mucho pero no me dan baja hasta la semana 37 que es lo que me corresponde por contrato al estar contratada por administrativo. ¿Podría cogerme una baja por ciática sin esperar a esa semana? ¿Me pueden despedir si me cojo una baja por enfermedad por la ciática? Gracias