Mi pregunta es en relación con los "informes de viabilidad" que acompañan a los expedientes de autorización de residencia de los trabajadores extranjeros por cuenta propia.
En el caso de un inmigrantes que habiendo presentado el informe de viabilidad a la Administración, ha abierto su establecimiento al público y ha tenido una inspercción de trabajo sin que todavía haya recibido la autorización por parte de la Administración, pues suele tardar poco más de un mes en llegar aceptada o denegada, eso creo.
El hecho de solicitar una autorización no significa que te la vayan a conceder por lo que hasta que no se tenga la notificación de concesión no puede iniciarse la actividad, en este caso la sanción si que está justificada.