El hecho de solicitar una autorización no significa que te la vayan a conceder por lo que hasta que no se tenga la notificación de concesión no puede iniciarse la actividad, en este caso la sanción si que está justificada.
Mi pregunta es en relación con los "informes de viabilidad" que acompañan a los expedientes de autorización de residencia de los trabajadores extranjeros por cuenta propia.
En el caso de un inmigrantes que habiendo presentado el informe de viabilidad a la Administración, ha abierto su establecimiento al público y ha tenido una inspercción de trabajo sin que todavía haya recibido la autorización por parte de la Administración, pues suele tardar poco más de un mes en llegar aceptada o denegada, eso creo.