Buenos dias:
yo estoy en proceso de divorcio, tenga un hija y la apunté a actividades extraescolares 4 dias a la semana. Tenemos un alejamiento del padre. Tenía que haberle pedido consentimiento para apuntarlo en el colegio a estas actividades? Antes de la separación estaba apuntado a otras actividades fuera del colegio pero no quiso seguir con eso. El Juez tuvo en cuenta las actividades antigüas en la pensión de manutención. Tengo que pedirle autorización al padre? Cómo?
Las actiidades extraescolares se consideran gasto extra y si no hay acuerdo entre ambos progenitores no tiene porque abonarse (a no ser que sea necesario para el menor)
Las actividades extraescolares, han de ser informadas y acordades previamente, de acuerdo con los establecido en el convenio/sentencia, en lo referido a como se deba ejercer la patria potestad compartida.
Pues yo creo que si el niño@ ya las realizaba antes, eso casi seguro que se tiene en cuenta como actividad extraescolar, aunque sea otra actividad distinta.
Mira de cambiar de abogado, sino tienes recursos y es de oficio, pide un cambio de abogado y explica mediante escrito el porque. Que estes bien asesorada es muy importante, lo que pidas en el convenio es lo que se va a tener encuenta a la hora de las pensiones.
Y si tieneis mas derechos y por no saberlo no los pides
por mucho que el juez vea que no es justo, no los concedera.
Apuntate en un papel todos los derechos que vallas sabiendo que tienes. ( Para que no se te olviden con los nervios ). Y pregunta mil veces las dudas que tengas y que en el convenio este todo bien explicado, para que despues no hayan dudas y malos entendidos.
Yo estoy como tu, en proceso y voy aprendiendo cosas que ni idea tenia.
gracias a los tres.
antes de las medidas iba a dos actividades y ahora va a 3 distintas, no le pedi autorizacion por que fue la niña la que quiso quitarse de las anteriores, con razón porque estaban poco atendidos. Las nuevas son incluidas en el recibo del colegio. Pero no le pedí autorización a él, me comentó una amiga que le vendrían bien para mejorar su conducta. Debería de solicitar de nuevo al colegio que me mande una hoja de inscripción en actividades para que él la firme? Y si no firma? Servirá de algo esto, para nosotras?O será rogar a la tutora de la niña que se mueva, para nada?(les cuesta hasta hablar...)
Otra: dónde encuentro ejemplos de convenios con todo lo que haya que tener para saber de que va eso? Gracias de nuevo.
Son gastos extraordinarios aquellos que son necesarios e imprevisibles, y que se realizan con el consentimiento previo de ambos progenitores o, en su defecto, con autorización judicial, salvo en los casos de urgencia.
El juez los tuvo en cuenta en la pensión porque en ese momento se estaban haciendo… entonces no eran imprevisibles.
Si tu quieres apuntar a tu hij@ a actividades extraescolares por tu cuenta, no tienes porque pedirle permiso.
Ahora bien, si quieres que te pague las facturas, y en el convenio especifica que las actividades extraescolares deben de ser pagados por mitad cada progenitor, primero tienes que pedir su consentimiento, y luego presentar facturas cada vez que tenga que abonarte una.
Entiendo que si el juez incluyó las dos actividades en la pensión, y ahora ya no las hace… el padre no tiene por que pagar dos actividades diferentes…, cuando se supone que ahora te estás ahorrando las anteriores… Es sentido común.
Independientemente de que el progenitor no custodio quiera o no abonar la mitad del importe de la actividad, lo que si esta claro es que prevalece el interes del menor. Si por algunos padres fuera (hombre /mujer) algunos niños nunca podrian desarrollar actividades extraescolares.
Yo desde luego independientemente de lo que mi ex decida economicamente, si alguno de mis hijos desea hacerlo y es beneficioso para el, lo costeare de modo unilateral.
Las negativas a que hagan una actividad no deben ser argumentos caprichosos o malintencionados, dudo que ningun juez decida que un niño no pueda hacer judo o piano o dibujo porque se oponga el no custodio. Siempre y cuando no exista riesgo para la salud del menor, tendria que demostrar cual es el perjuicio que le causa al niño realizarlo!!
Un saludo
Un juez no decidirá que un niño no pueda hacer judo o piano o dibujo… lo que decidirá es si el padre no custodio está obligado a pagarlo a no…
Efectivamente prevalecerá la necesidad del niño.
Hay muchos no custodios (no todos) que ya están bastante apurados viviendo en casa de sus padres porque no se pueden pagar un alquiler, pagando la pensión de los hijos, la hipoteca de su ex… y los custodios les reclaman todo tipo de actividades extraescolares para los niños, muchas veces sin consultar.
Qué más quisieran los padres que los hijos hicieran actividades extraescolares cada día… para que se puedan divertir y aprender… pero a veces, uno no llega. Sean padres divorciados o casados…
Lo lógico sería que si un niño quiere hacer una actividad extraescolar, y un progenitor no puede costearlo, que lo costee el otro antes de dejar al hijo sin actividad…
Saludos,
yo pago la actividad, por que me aconsejaron que le ayudaría en su comportamiento, si no me llega pido ayuda a quien pueda darmela, pero mi marido cobra 3 veces lo que yo y no tiene deudas, cosa que yo si.
Que su ex cobre 3 veces lo que usted no es razon para imponer nada, y no digo que usted lo haga.
Lo logico es negociar y consensuar. Si le han aconsejado la actividad como algo positivo en la mejora del comportamiento, comentelo con el padre, si es alguien sensato seguro que no se opone y si no lo es no habra perdido nada.
Si acude al colegio le diran lo mismo que a usted, que es bueno para la niña.
No me parece justo que pidas que te abone las 3 actividades,si antes iba a 2 actividades y se tuvo en cuenta a la hora de asignar pension y la niña se quito,si en su momento no se modifico dicho convenio para rebajar cuota,no tiene sentido que le pidas que te abone las 3 nuevas actividades, como mucho deberias de pedir permiso para una solo.La otras 2 entran dentro de dicha pension.Si es que lo he entendido bien.
saludos
yarroyo, nunca olvide que no todos los padres emplean todo el dinero que pueden en sus hijos. Sin entrar a discutir las estrecheces economicas de ambos progenitores cuando se separan, desgraciadamente algunos /as prefieren invertir su dinero y vivir mejor su nueva vida y dar mas calidad de vida a su nueva familia. Si ademas es no custodio/a, mas aun. Y es que a muchos/as la lejania les repercute tambien en las buenas intenciones para con sus hijos. Excepto casos extremos ya le digo yo que uno puede prescindir de cosas para pagar las actividades extraescolares, maxime si es a pagar entre dos. Las parejas no separadas realizan este sacrificio juntas cuando su economia es precaria o justa. Porque separados no se puede hacer ? Quizas un tercero/a que le molesta que el dinero se destine en otra direccion? Ya lo dice el refran:"poderoso caballero es don dinero".
Lamentablemente el consenso es imposible cuando una de las partes siempre dice no. Y mas cuando en el convenio queda bien claro que no entran en la pension y que seran a medias si hay consenso y es un bien para el menor. Yo desde luego esto no lo voy a pleitear, ya tendra bastante el dia de mañana cuando sus hijos le reprochen que prefiere tener ultima tecnologia informatica a velar por su formacion complementaria. Al menos asi es en mi caso. Y en muchos que conozco.Lamentablemente.
Es justo si no esta recogido en convenio proponer la division de gastos extras al 50%. Es poco etico no querer colaborar cuando su situacion economica es superior.
Saludos
De acuerdo con tigo vida, con la lejania algunos padres se olvidan de las buenas intenciones, que quíza algún dia tuvieron. Porque seguro que cuando estaban en pareja con su ex, a su hijo no le decia que no si el niño queria hacer una actividad extraescolar o dos y le daba lo mejor dentro de sus posibilidades...pero con la distancia...como que se les olvida eso a algunos " padres " y prefieren gastar ese dinero en ellos o su nueva familia...a eso yo le llamo, egoismo, y uno nunca
debe ser egoista con un hijo.
Pararos a pensar...a un hijo se le da no se le quita.
Uno se divorcia de un ex pero nunca de un hijo.
Nosotros en su momento hicimos la consulta, y nos dijeron que los gastos por actividades extraescolares NO son gasto extraordinario. Las que se estén realizando en el momento de firmar el convenio deben tener en cuenta al calcular la pensión, y las que se hagan a futuro, en principio las costea el progenitor que decida apuntarle. Otra cosa es que el otro progenitor, por iniciativa propia, acuerde con su expareja pagar al mitad, pero no tiene obligación alguna.
Para ser gasto extraordinario ha de ser como habéis comentado imprevisible, y necesario para el menor, y las actividades extraescolares no cumplen ninguno de los dos requisitos. Pueden ser deseables, positivos... estoy de acuerdo en todo ello, pero no necesarios.
El concepto de gasto extraordinario suele ser para una ortodoncia, un aparato de audición o cualquier otro producto ortopédico que el niño necesite, gafas...etc. Algo que de repente se descubra que el niño necesita.
Estoy de acuerdo con vosotros en que si el niño desea hacer actividades, es muy bueno que pueda hacerlas, y que si ambos progenitores acuerdan contribuir mejor que mejor, pero la ley no obliga al que no decide apuntarle a abonar nada.
Completamente de acuerdo con yayorro. Imposibler explicarlo mejor.
Bastante vergonzoso es que sea legal que muchos(no todos, pero sí demasiados) progenitores no custodios queden tras el divorcio sin lo mínimo imprescindible para vivir y tengan que ir a vivir a casa de sus padres(y ser mantenidos por éstos) como para además intentar imponerle gastos no consensuados.Quizá soy osado o machista, pero creo que los progenitores no custodios también deberían tener el derecho(en la teoría y en la práctica) a rehacer su vida(vivienda, etec...) sin abusos.Debería ser un derecho fundamental de ambos progenitores protegido judicialamente, y apartir de esa situación sí podríamos hablar de ética.
Pd. Si no hay ningún progenitor no custodio que tenga que vivir en casa de sus padres, o en condiciones aún más precarias, retiro todo lo escrito y pido disculpas. En este último caso estaría de acuerdo con vida y con esperanzafutura
Saludos
Mas necesario que una concatenación actividades extraescolares para ocupar el tiempo de los niños y liberarse de cargas, es lo que muchas veces se olvida cuando se plantean estos temas: los niños tienen derecho a relacionarse con sus progenitores y especialmente con el no custodio. Eso es lo que la ley defiende.
A partir de ahí, si hay tiempo para pianos, futbol o lo que sea, estupendo, pero no desde la imposición o el egoísmo, el depecho o la venganza.
Por último, cuando uno se divorcio, ha de aprender a no mirar si el otro gana 3 o 23, ¿no se ha divorciado?, pues cada cual a lo suyo.
Claro samaruc, es de logica que cada uno lo suyo, pero
tambien es de logica que a los crios hay que darles lo que les corresponde y si uno de los dos padres tiene poder alquisitivo, es de logica que el hijo también lo tenga.
No se piensa en el bien del menor. Si está haciendo actividades que le vienen bien para el desarrollo del niño, ¿ Porqué no se tiene que pagar? A la hora de rascarse el bolsillo, fuera del convenio o sentencia, ya los hijos de los no custodios, son extraños. Los no custodios consideran sólo la palabra hijo, para exigir y ejercer sus derechos, pero sus obligaciones, las justitas. Son ruinosos. Cuántas cosas pagan los custodios, extraordinarias, que no se pueden justificar y acreditar, y que no entran dentro de la pension de alimentos, y que no se pueden predecir y por tanto no son exigibles? Y mas en este caso, en el que hay por en medio una orden de alejamiento. Cómo se ponen de acuerdo? Cuesta más el abogado que el gasto. Lo dicho: ruinosos, y que conste que no habla de padre o madre, me dirijo a los no custodios, que no paran de exigir derecho, y siempre eluden sus responsabilidades, y más si son economicas, aun en favor de sus hijos.
Efectivamente, no se piensa en el bien del menor, muchas veces, pero eso en muchas ocasiones puede ser responsabilidad de los dos progenitores o de quién pretende extralimitarse de su papel.
Actividades extraescolares según la normativa educativa, son voluntarias, fuera de horario escolar, en el centro educativo y han de ser aceptadas voluntariamente por los padres. La aceptación en concordancia con el código civil, ha de hacerse en el ejercicio de la patria potestad, de acuerdo con el convenio/sentencia. Es decir, si implica el acuerdo de ambos progenitores, pues tendrá que ser así. Si el custodio no lo hace, está obrando mal.
El horario puede invadir también el régimen de visitas establecido y por tanto, requiere que el no custodio las acepte expresamente. Jurisprudencia sobre ésto la hay.
Actividades extraescolares es educación y los gastos que implica, están incluidos en concordancia con el código civil, están incluidos en la pensión por alimientos, salvo que expresamente se hayan pactado o sentenciado como gastos extraordinarios.
A partir de ahí, la responsabilidad inicial de hacer las cosas bien, será del custodio, tanto en la información y pretensión de acuerdo con el no custodio, y una vez resuelto esto, el pago será según marque el convenio/sentencia, o 100% el custodio o en el % que corresponda a cada cual.
Si los custodios respetasen eso, no habrían discusiones.
si uno no quiere discutir, dos no discuten. Los no custodios siempre están poniendo trabas y pegas a todo. Y lo dicho, sólo exigen derechos, todos los del mundo. Entienden la palabra hijos como derechos. Y un hijo tambien presupone obligaciones, desvelos y preocupaciones por su educacion, salud y desarrollo. Cuando salen por la puerta, adios a todas sus obligaciones.