No es obligatorio participar a los asistentes a la junta de propietarios, el nombre de los propietarios que han delegado su voto , ya se sabrá al recibir el acta, no obstante seria correcto que una vez y no antes de iniciada la sesión, el propietario que quiera saber lo que preguntas, pidiera la palabra y lo solicitara, ni el presidente ni el secretario tienen derecho a negarselo, incluso hacer algun comentario con el debido respeto si hubiera observado algun detalle importante.
Me refiero a propietarios con derecho a voto (puede haber alguno, con mas de uno) y los correspondientes coeficientes de cada voto.
No es necesario que se haya iniciado la Junta, para aclarar esa situación.
Lo normal, es que antes del inicio de la Junta, el Secretario-administrador, informe a los propietarios asistentes, el número de votos y coeficientes de los presentes y cual de ellos es representado.
Hola, quería saber si es obligatorio al comenzar una Junta de Propietarios que el Administrador o el Presidente enumeren los asistentes que acuden como representados o lo que es lo mismo, con delegación de voto o con la Autorización de un propietario que no ha podido asistir.
O lo que es lo mismo. Si un propietario cualquiera, al comenzar una Junta, pregunta al Administrador o el Presidente quienes asisten con delegación de voto, saber si estos están obligados a informarle de ello.