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Asistencia Jurídica Gratuita

5 Comentarios
 
Asistencia jurídica gratuita
19/10/2012 22:13
Caso:
Persona que solicita asistencia jurídica gratuita en Enero de 2.012, en la solucitud presenta la documentación económica y laboral pertinente. Le conceden la asistencia jurídica gratuita.
Cinco meses después esa misma persona, para un caso diferente, vuelve a solicitar la asistencia jurídica gratuita.
Pregunta: ¿en esta segunda solicitud debe presentar toda la documentación económica y laboral que justifique que devenga la asistencia jurídica gratuita o no hace falta y la comision de asistencia jurídica gratuita tendrá en cuenta la documentación economica y laboral presentada cinco meses antes?.

En el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad Valenciana se indica que: "en ningún caso la documentación podrá llevar fecha anterior a los tres meses de la presentación de la solicitud".

Espero vuestras opiniones, muchas Gracias.
perfil Lan
19/10/2012 22:15
Salvo mejor criterio, entiendo que deberá volver a presentar la documentación actualizada toda vez que han podido variar las circunstancias.
21/10/2012 14:41
Sí, la documentación se actualiza cada 3 meses,
22/10/2012 12:25
cierto, la documentacion tiene que ser actual al momento en que se pide la asistencia de justicia gratuita.
22/10/2012 13:12
Si no habiendose pronunciado el colegio, se reenvía a la comisión y esta deja pasar el tiempo SIN DESIGNAR LETRADO Y PROCURADOR PROVISIONALMENTE, ¿adquiere alguna responsabilidad?
23/10/2012 13:05
Gracias por las respuestas.

Entonces, si en la segunda solicitud de asistencia juridica gratuita, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita basa la concesión del derecho de asistencia jurídica gratuita en la documentación económica y laboral presentada en Enero de 2.012, ¿podría impugnar la concesión de tal derecho? (entiendase que soy parte interesada).
¿Que podría alegar en la impugnación?