tengo unos problemas de titularidad con un local de herencia en vida , este local esta comprado y pagado , izo una venta privada que no consta en ningun lado , solo en documento privado este esta hecho a 2 años, en dicho contrato de venta privada pone que hasta que no esta pagado no es suyo en caso d e estar pagado vuelve a ser del dueño , este local no lo han pagado , no hay recibos , y ahora tengo que hacer apelacion al constitucional , pues la juez digo que pagan ibi y han pasado los 30 años de la ley de si no haces nada a los 30 años se lo pueden quedar , la herencia estra gente la aceptaron todas las propiedades menos este local tardaron unos 10 años , no pagan recibos de corriente , tienen el local abandonado, y no puedo entrar yo ahora ,etse local tengoel canvio del ibi, antes del juicio , me han llegado ya e recibo de basuras y ibi , este local es de mi padre se conocia mucho con el que se lo compro pero que no pago y ahora esta muerto hace años
Apelación al Constitucional?. Está usted mal informado, Xavi. El Tribunal Constitucional no es una instancia de apelación. Quizás le quepa el recurso contra lo que "dijo la juez" ante la Audiencia Provincial y, tratándose de recurso extraordinario, una casación improbable ante el Tribunal Supremo. Si la juez dijo que han estado poseyendo (no necesariamente ocupando) ese local durante 30 años, y que además hay rastro documental de esa posesión en concepto de dueño, probablemente sea así. En aquéllos tiempos se vendían los inmuebles con contratos privados.
hola buenas tardes juan carlos grisolia , soy xavi , es cierto es audiencia provincial , este local lo compro mi padre esta pagado, tenemos contrato de compra a la promotora, carta de gastos obra nueva,letras conforme esta pagado.
mi padre lo vendio a un amigo suyo que este tiene 2 locales del lado derecho y izquierdo hay tambien 2 locales mas comprados a la promotora y el de mi padre, los herederos dicen que es indivisible cosa que no es cierto hay 2 locales mas comprados a la promotora y el de mi padre se compraon a la promotora directamente , son divisiblñes les hizimos una anulacion notarial a todos los herederos y lo firmo un hijo , nunca han contestado a esta anulacion ni al notario y tampoco han puesto ninguna demanada respecto a la anulacion, ahora ya cadauaco para hacerlo , mi padre hizo un contrato porivado de venta con pago a 2 años, ellos no tienen recibos no lo pagaron el local ni siquiera han intentado en ningun juicio pagar la deuda ,pusieron 4 demandas despues que no tienen nada que ver con la anulacion, en quanto al contrato hay una clausula que hasta que no pague el local en su totalidad no es suyo y mi padre pùede hacer lo que mas le convenga la juez ni siquiera lo menciono como si no estubiese,hay 4 recibos del ibi pagados de ellos peor mi padre consta en el ibi desde que lo compro y hay 4 recibos pagados de ibi y actualmente tiene el canvio del ibni a su nombre, pues goza de escritura publoica en el registro propiedad por orden judicial, la juez que lo ordeno se le enseño todos los papeles de compra la promotora esta en disolucion , tambien comprobo el contrato privado de la venta y la anulacion del mismo antes de los 30 años , no digo nada al respecto ninguna nota en el registro de esta venta .
hemos apeldao pues no izo ni caso de todo el contrato y los herederos hace mas de 20 años que no entran asi lo dijieron sus testimonios , y el mio tambien que es vecina de arriba dijo que no conocia al hijo ni la viuda que nunca han venido a las reuniones ,solo conocia al padre ya muerto , y que hace años que esta abandonado con ratas dese que se murio el padre, la juez se miro mas la parte contraia y dijo que teniamos que demostrar que heramos dueños quando tenemos escritura pùblica en el registro propiedad canvio de ibi, el propio ayuntamiento dice que el ibi no quiere decir ser dueño, ni ser el titular , no les puede cdar el local por tener 4 recibos del ibi pagados y unos años el ibi a su nombre tambien consta mi padre y tiene recibos pagados y ahora dese enero el ibi a su nombre