Hola queria ver si me ayudaban a interpretar dos articulos de la ley federal del trabajo es que no le entiendo y necesito buscar un ejemplo un ejemplo saludos y gracias de antemano.
Artículo 34.- En los convenios celebrados entre los sindicatos y los patrones que puedan afectar
derechos de los trabajadores, se observarán las normas siguientes:
I. Regirán únicamente para el futuro, por lo que no podrán afectar las prestaciones ya devengadas;
II. No podrán referirse a trabajadores individualmente determinados; y
III. Cuando se trate de reducción de los trabajos, el reajuste se efectuará de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 437.
Artículo 39.- Si vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación
quedará prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.
Yo que tu preguntaría en un foro de derecho del pais de donde sea dicha normativa, ya que el vocabulario legal varía entre los paises de habla hispana y las interpretanciones no son las mismas.
Este foro es español. No obstante apuesto a que alguien te podrá ayudar.
I. Regirán únicamente para el futuro, por lo que no podrán afectar las prestaciones ya devengadas;*** Está claro, te viene a decir que no se aplica retroactivamente, no afectando a situaciones existentes con anterioridad a la entrada en vigor del convenio.
II. No podrán referirse a trabajadores individualmente determinados; *** Al igual que aqui, los convenios son de caracter "colectivo" no pudiendo regular condiciones particulares o individuales, para lo cual se utilizará el contrato de trabajo o pactos privados.
III. Cuando se trate de reducción de los trabajos, el reajuste se efectuará de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 437.*** ahh, el famoso artículo 437, aquí si que me has pillado.
Artículo 39.- Si vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación
quedará prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia. *** Entiendo que viene a decir simplemente que aunque el contrato tenga una fecha de expiración, este se prorrogará si la relación laboral persiste.