La cuantía de lo que se debe es de 300 euros, han pasado 3 años y 3 meses. ¿Te refieres a la cantidad de lo que se debe cuando dices si vale la pena o a otro motivo?
4. La de abonar a los posaderos la comida y habitación, y a los mercaderes el precio de los géneros vendidos a otros que no lo sean, o que siéndolo se dediquen a distinto tráfico.
Este apartado del art.1967 Código Civil, que se refiere al plazo de 3 años para reclamar ¿engloba el supuesto de reclamación de impago de la colocación de un mueble de cocina? ¿o no entraría este supuesto?