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Art. 14 LECr

13 Comentarios
 
13/12/2012 18:39
y limitado a 10 años, si se trata de delitos conjuntos o alternativos ... que es donde empezó la confusión de todo el mundo (bueno, salvo la tuya :-)
13/12/2012 18:30
Calculaba que habias leido el artículo, el post se llama 14 Lecr. y lo deja claro, un delito cinco años.
13/12/2012 18:20
ok, lo tengo: art. 14.3

5 años - si es acumulado, JP hasta diez años.

Para el conocimiento y fallo de las causas por delitos a los que la Ley señale pena privativa de libertad de duración no superior a cinco años o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la duración de éstas no exceda de diez años
13/12/2012 17:41
y celdas con televisor, etc. etc. Aí que ya sabes :-)

pero agradecería mas alguien me dé una respuesta con referencias, a mi pregunta :-)
13/12/2012 17:38
Holanda es muy chula para los delincuentes, si cometo delito de seis años de pena, me puedo hartar de delinquir en asuntos de dos años de pena que solo cumpliré seis. ¡Loor a la Justicia Orange!
13/12/2012 10:23
la decisión compete obviamente al Juez - pero me tiene intrigado, ya que cada persona que le hablo del tema, me da otra respuesta. O ninguna.

en Holanda, el sistema es muy distinto: se aplica la pena mayor, sin tener en cuenta los otros temas por los cuales se condena a la persona.

O sea, si se le condena en la misma sentencia a 3, 4, 5 y 6 años, cumple 6.
13/12/2012 10:17
Y a efectos prácticos, qué interés tiene? Porque es una decisión que no compete al abogado, no?
13/12/2012 10:02
Hola, gracias por el comentario. Como puedes ver, Satanete, contrario a la opinión de Pepa33, por lo que repito:

me puedes hacer referencia a jurisprudencia, a algún artículo escrito sobre el tema?

He intentado encontrarlo y no lo encuentro ...
Gracias de antemano.
13/12/2012 09:56
Cinco años un delito, si entran acumulaciones lo ve el juzgado de lo penal.
13/12/2012 04:49
gracias. Pues resulta que el lunes dos compañeros me comentaron que si, y el Juez de lo Penal en Gijón dijo que no.
Tienes alguna jurisprudencia sobre el tema, o algún artículo?
gracias de antemano.
13/12/2012 00:03
Se calcula la total de la pena máxima a aplicar.
12/12/2012 22:21
pues adelante ...
12/12/2012 22:20
consultando aqui y predicando en otros temas que usted sabe algo?

que no sabe???
Yo se lo explico gustosamente.
Art. 14 lecr
12/12/2012 20:51
competencia de la Audiencia Provincial a partir de los 5 años de petición del Fiscal.

pregunta:
se calcula en España según el total de la petición, o según la pena máxima?
Tengo una discusión, le están pidiendo a uno 5 años y también (por otro delito relacionado, en la misma petición) 3 años y dos años.

Debe juzgarse en la Audiencia Provincial o en el Juzgado de lo Penal?




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