competencia de la Audiencia Provincial a partir de los 5 años de petición del Fiscal.
pregunta:
se calcula en España según el total de la petición, o según la pena máxima?
Tengo una discusión, le están pidiendo a uno 5 años y también (por otro delito relacionado, en la misma petición) 3 años y dos años.
Debe juzgarse en la Audiencia Provincial o en el Juzgado de lo Penal?
gracias. Pues resulta que el lunes dos compañeros me comentaron que si, y el Juez de lo Penal en Gijón dijo que no.
Tienes alguna jurisprudencia sobre el tema, o algún artículo?
gracias de antemano.
Holanda es muy chula para los delincuentes, si cometo delito de seis años de pena, me puedo hartar de delinquir en asuntos de dos años de pena que solo cumpliré seis. ¡Loor a la Justicia Orange!
Para el conocimiento y fallo de las causas por delitos a los que la Ley señale pena privativa de libertad de duración no superior a cinco años o pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o cualesquiera otras de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas, siempre que la duración de éstas no exceda de diez años