Soy propietario de una vivienda en alquiler. Está alquilada mediante contrato anual con renovaciones hasta cumplir el máximo legal de 5 años. Estoy próximo a la renovación del contrato y hasta ahora los gastos de comunidad estaban incluídos en el alquiler. Dichos gastos se han disparado hasta una cantidad que considero no asumible por mi parte y quiero repercutirlas en el inquilino. Es legal hacerlo?. No quiero meter la pata, pues mis relaciones siempre han sido buenas y no quiero interpretar mal la ley.
Un saludo. Salva
Hola Salva. Soy también arrendador. Me temo que no podrás repercutir los gastos de la comunidad si en el contrato estaban incluidos en el importe de la renta y además no se los has reclamado en todo este tiempo. Lo normal es hacerlo así pues en caso de impago, la Comunidad de Propietarios es a ti a quien le va a reclamar la comunidad y/o derramas extraordinarias.
En cuanto a lo de la puerta que pones en otro post. Habría que leer el contrato. Yo suelo poner que el arrendatario reconoce a la recepción del piso el mobiliario y las instalaciones en perfecto estado de uso. (Así tiene que devolvertelas, solo con posibles deterioros por el normal uso). Si la puerta la han reventado y queda inservible o insegura, te tocaría a ti reponerla, por eso está bien tener un seguro. Enterate si la Comunidad de Propietarios lo tiene, pues podrías ponerla como elemento común, ya que la Comunidad te obliga a conservar la estética general, etc
Gracias Presocrático, por tu opinión. El contrato es de duración anual y termina ahora en Octubre. Tengo opiniones que me dicen que sí, que en la renovación puedo modificar el artículo donde se refleja este apartado y que se haga cargo de los gastos comunitarios excepto tributos y derramas susceptibles de mejora del edicio.
En cuanto a la puerta, alguien me dice que debo mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad y por eso, mi predisposición a cambiarla; sin embargo, otras opiniones me dicen que debe correr a su cargo, precísamente por lo que tú dices, porque se la entregué en las debidas condiciones.
En fín, no se por donde cojerlo y me temo que hay disparidad de criterios.
Un saludo. Salva.