Sí, debe de repercutir al inquilino el IVA (16%) sobre la renta y éste a su vez debe de hacerle retención (18%) a cuenta de los impuestos. Cada trimestre debe presentar los modelos correspondientes a la Agencia Tributaria, en general los modelos son los siguientes: modelo 300 (IVA) i modelo 115 (retenciones).
Ejemplo:
1.000,00 € Renta alquiler
160,00 € IVA 16% que ingresa el arrendador en hacienda.
- 180,00 € Retención 18% que ingresa el arrendatario en hacienda.
980 € total a cobrar
Esto es un ejemplo básico de como funciona el alquiler para locales comerciales.
Tengo un local comercial, que lo voy alquilar para una lavanderia, me comentan que tengo que cobrar el IVA a los inquilinos, que es lo que tengo que hacer, pues no quiero tener problemas con hacienda. gracias