Para los anteriores mensajes de los que no tienen ni idea de lo que hablan (QUEPA)
1º El articulo 32 de la LAU establece claramente el uso del arbitraje en los conflictos de alquiler y su validez.
2º Hace referencia a la ley de albitraje en vigor en el momento de la entrada en vigor de la LAU.Ley 36/1988, de 5 de diciembre
3º Dicha ley de arbitraje ha sido sustituida por la reciente del 2004 (Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje). Aplicandose esta y no la anterior que queda derrogada.
En la ley de arbitraje nueva, hecha a proposito para agilizar procedimientos y eliminar barreras, se penso explicitamente en el tema de los arrendamientos, por ello se establece que las ejecuciones de los laudos se hacen desde la misma jurisdiccion desde la que el arbitro dicta laudo; agiliza tambien la validez de las notificaciones a las partes para evitar trucos y por ultimo deja claro que en caso de recurso contra el laudo porque se piense que este es nulo, la parte incumplidora debera depositar en el juzgado las llaves y el dinero adeudado para que se empieze a entender acerca del procedimiento.
Este marco juridido es el que ha analizado EL BANCO DE ESPAÑA en su estudio anual y lo ha visto como una medida muy efectiva para sacar al mercado miler de viviendas que haran bajar los precios, ademas del FMI (fondo monetario internacional) y sido puesto de ejemplo al resto de paises de la OCDE (como refleja el diario expansion en una noticia).
El PNAG es una iniciativa privada que simplemente aplica este marco joridico como pueden ser otras asociaciones; pero las estadisticas son aplastantes: 1400 inmobiliarias, miles de conflictos resueltos y ningun laudo anulado.
Pues claro que no es ningun chiringuito!! (QUEPA))que se lo explique a todos los expertos de la prensa economica que lo han analizado y tambien a los cientos de propietarios que dan testimonio de bien que les han resuelto un problema grave y sin tener que buscarse abogado y sin pedirles dinero. Lo que pasa es que es mas facil mirar lo malo que lo bueno, destruir que construir, y lo peor.. HABLAR SIN SABER
1º.- Releer la LAU Artículo 32. Hace referencia a la Cesión del contrato y subarriendo
Si te refieres al artículo Artículo 39. Relee la Ley de Emjuiciamiento Civil ESTÁ DEROGADO DESDE EL AÑO 2000!!!
2º.- Leer la Ley de Arbitraje y sobre todo
3º.- Leer la LGDCU DE 1984
Cuidado con la propanaga... es como un Boomerang, primero sale pero cuando menos te lo esperas se vuelve en tu contra.No lo digo yo, lo está diciendo el Ministerio de Vivienda y el Congreso de los Diputados.
En cuanto al análisis del Banco de España me sorprende la cita al PNAG... pero siempre puede rectificarse.... este año se verá... Lo que pasa es que es más fácil sacar dinero a la gente, lucrarse a través del engaño y ya de paso destruir el arbitraje.... HABLANDO A SABIENDAS...
El pnag es, según mi opinión y la de diversas administraciones públicas, la mejor medidad que se ha adoptado hasta ahora para solucionar el problema del alquiler en españa.
Ademas de su bajo coste, sólo 42€ sin ningún gasto adicional ni provisión de fondos( no como otras asociaciones de arbitraje), es la medidad más rápida y eficaz para solucionar un conflicto entre inquilino y propietario y lo digo por experiencia propia.
Es una empresa legal y reconocida que a bajo coste 42€ te garantiza en caso de litigío reducir los gastos de abogado y procurador entorno a 1800€ a 0€.......Ya es buena noticia...... Y el tiempo de espera de 9 meses a un maximo de 3 meses .........Otra magnifica noticía........ pongo a su disposición documentacíon y contratos. "Inmoraleda"
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Gracias a este foro no caí en la trampa. Tenía concertada una entrevista de trabajo en esta empresa y me resultaba todo muy raro, que estén en un chalet en Pozuelo, que buscaban a alguien con experiencia comercial, que ofrecen incentivos según objetivos... vamos, que buscaban un timador profesional para incorporarse a plantilla!. Gracias a todos vosotros por la información.
CANDIDATO, no es ningun timo.
ME imagino que tu cita seria para hacer labor comercial por las inmobiliarias igual que me vivitaron a mi para esplicarmelo. Yo trabajo con ellos es no es ningun timo.
Tienen su red de comerciales como cualquier entidad puede tenerlos. no veo nada raro.
Y a clientes mios ya les han resuelto el problema alicando el arbitraje claro y luego pagando ellos la ejecucion del laudo y por solo los 42 euros. que yo sepa de timo nada.
Esperando por soluciones que no llegan por parte de la administracion, acabo de hacer mi primer convenio de arbitraje con AEADE, en concreto ARRENTA BASICO.
Espero no tener nada que contar, por no necesitar usarlo, pero ante la NEFASTA politica de fomento de arrendamiento, que no atiende a las reales necesidades del mercado, dando seguridad no solo a los inquilinos sino tambien a los propietarios y que se escuda en ineficaces planes de dinamizacion del sector mediante ayudas economicas via renta para los ingresos de los propietarios, he tomado esta alternativa.
Saludos
Se ha puesto de moda en poco tiempo el someter las cuestiones de arrendamiento de viviendas a la institución del arbitraje.
Hay que aclarar bastantes cosas respecto a esta cuestión:
1) El motivo principal ha sido la celeridad de resolver los litigios de esta manera, comparando con el sistema judicial.
2) Pero se empieza a observar problemas reales de ejecución de las mismas quedando en papel mojado ya que :
Los Tribunales rechazan el arbitraje inmobiliario imposibilitando tanto el cobro de rentas como el desahucio por esta vía considerada contraria al orden púbico.
Por tanto genera una Inseguridad jurídica creando serios problemas.
El juzgado 21 http://el-latigo.tripod.com/id26.html y el juzgado 26 de Madrid http://el-latigo.tripod.com/id25.html se han negado (entre otros) a ejecutar los laudos bajo la siguiente ( consta ya que la audiencia de Madrid también a desestimado ejecutar):
a) No entra en el fondo de la cuestión, es decir si hay impagos, desperfectos......
b)Simplemente dice que la materia de arrendamiento no es de libre disposición, es decir, que no se puede resolver las cuestiones de alquiler mediante arbitraje ya que es competencia exclusiva de los tribunales ordinarios de cada territorio.
Por tanto genera una auténtica inseguridad legal, pudiendo generar muchos problemas más que soluciones.
Analiza también esta cuestión la asociacion de Arbitraje y Mediación Aryme http://www.aryme.com/observatorio-noticia-528.php
Además hay que incluir un montón de cuestiones más como las siguientes:
Saber quienes son esta instituciones:
PLAN NACIONAL DE ALQUILER GARANTIZADO (la CORTE ESPAÑOLA DE ARBITRAJE ECONÓMICO DE DERECHO Y EQUIDAD)
1) Porque tienen ese nombre? Ya que el mismo nombre confunde y te lleva a error. No es una iniciativa de ninguna institución pública sino privada.
2)Que garantizan? También ocasiona error. Parece que el propietario puede estar tranquilo ante posibles impagos de alquiler ó desperfectos del inquilino. Y eso no es así.
Aquí hay claras vulneraciones de leyes y entre ellas está la ley de consumo.
Noticia del periódico de Aragón http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=327193
El Gobierno de Aragón está, de hecho, estudiando a esta asociación (PNAG) por "falta de transparencia y porque podría inducir a engaño al identificarse con la Junta Arbitral de Consumo, que es pública y gratuita", aseguró a este diario el director general de Consumo, Ángel Luis Monge
3)Su Secretario, Mario Navarro Rubio fue desahuciado en Pamplona ¿qué curioso no?
Véase la sentencia en http://www.cfnavarra.es/bon/985/98513113.htm y
En relación con el PNAG, a mi me gustaría contarles mi experiencia personal, que lo contratamos bajo prescripción del agente inmobiliario. Mis inquilinos, 20 días despues de entrar en vigor el contrato me dicen que se van a una casa de alquiler VPO y me exigen el pago del aval y de la fianza, cuando la casa ha estado 5 meses sin alquilarse. Nos demandan a través de la corte de arbitraje, ésta no respeta el plazo para que nosotros presentemos las alegaciones y dicta laudo a favor de nuestros inquilinos. Ahora para pedir la anulidad por un error de ellos, tengo que acudir a la audiencia provincial y pagar a un abogado.
Sería interesante ver el laudo, tmateos. Al ser un arbitraje de derecho se puede comprobar si hay algún error, ya que el árbitro ha de aplicar la Ley de Arrendamientos Urbanos para dictar la sentencia arbitral. También creo necesario conocer el reglamento que rigió el proceso de Arbitraje. Por tratarse de una Institución de Arbitraje ha de tenerlo.
Creo que toda esa información es importante conocerla para hacerse una opinión. Todos podemos sentirnos defraudados en nuestras expectativas, afirmar errores en una Arbitraje de Derecho es poco probable (aunque no imposible). Los ha de dictar un abogado en ejercicio, y además, otra cosa no se, pero por lo que aparece en prensa ya llevan unos cuantos laudos emitidos. Eso no le niega a nadie el derecho al pataleo, desde luego.
Por cierto, ¿alguno de los presentes puede postear en el foro un enlace a los autos de los laudos anulados de la Corte? He visto los autos de la 1ª Instancia (creo que sólo hay dos porque he mirado en diferentes sitios y el contenido de los autos coinciden), pero quisiera comprobar también lo de las anulaciones. Me cuadra que haya algún juez que no quiera ejecutar un laudo amparándose en la derogación que tuvo lugar en la reforma de la LAU, pero que la Comunidad de Madrid iniciara la promoción del arbitraje en materia de arrendamientos en año 2008 es significativo.
Jorge_345, el laudo es en equidad y no en derecho, creo que lo he comentado. De ahí mi queja, antes de actuar consulté a 3 abogados diferentes: el abogado de la inmobiliaria, un conocido especializado en arrendamientos y a los abogados de ABOGAZIA y todos me dijeron lo mismo. Con la ley en la mano ellos han imcumplido el contrato y yo tengo el derecho a exigirles el fiel cumplimiento del mismo. Por lo que pataleo ninguno. Yo no tengo nada en contra de mis inquilinos, salvo que creo que no han actuado correctamente. Mi idea era llegar a un acuerdo pero una vez que se hubiera alquilado la casa y ellos hubiesen conocido el perjuicio ocasionado, pero NO, quería su dinero cuanto antes, asi que presentaron la demanda. Nosotros ya hemos presentado la acción de anulación y nos ha dicho el abogado que se resolverá en 2 ó 3 años. De momento el PNAG no ha solicitado la ejecución de su laudo, pero con lo despacio que va la justicia, creo que se han llevado 50 euros nuestros que lo único que ha servido es para ocasionar problemas.
para una informacion sobre el arbitraje hay un estudio que pueden leer en el enlace http://forovivienda.com/vivienda-en-alquiler/el-contrato-de-alquiler/arbitraje-en-arrendamientos-urbanos-y-desahucio/ que podran comprobar como la contestación es NO al arbitraje en relación arrendamientos urbanos, este informe está realizado por un prestigioso bufete de abogados.
tuve q utilizar garantia de alquiler PNAG por impago de mis inquilinos recibi la sentencia en noviembre 2008 y los inquilinos no la recibieron.Osea q replantean ya q no me pagan volver a rellenar impreso y ir a por desahucio forzoso la sentencia de arbitraje la recibo notificando q mis inquilinos deben abandonar el inmueble el 14 de abril 2009 y el pago de su deuda.Nuevamente mis inquilinos no cogen la sentencia. Entonces sigue mi calvario.Ahi q ir a los juzgados para ejecutar dicha sentencia,y PNAG te pone abogados para ello ABOGALIA a fecha de hoy 30 enero 2010 sigue sin ejecutarse la sentencia porque los jueces q ya van 3 segun ABOGALIA algunos desestiman este tipo de sentencia:Y para tranquilizarme PNAG y ABOGALIA me dicen q he tenido mala suerte y hay q iniciar todo el proceso de nuevo.Voy al juzgado ultimo para q me imforme de q ha pasado y todo es tan sencillo como q el juez desestima la sentencia puesto q no es sentencia firme para ejecutar ya q los inquilinos no tienen notificacion de dichas sentencia.LO q me deben mis inquilinos despues de año y medio son16000 euros y todabia ironicamente PNAG yABOGALIA se atreben a decirme q los costes de sus servicios para el desahucio son mas economicos q cualquie otro abogado cuando todabia me queda como poco otros 6u 8 meses mas para ejecutar una sentencia no firme.Les parece barato 250 euros de ellos mas 16000 de mis inquilinos perdidos???
Sombra67, yo tengo bastante clientes "afectados" por estas prácticas. No pierdas el tiempo, la mayoría de las secciones de la Audiencia de Madrid NO aceptan esos arbitrajes.
Si le interesa, le dejo mi mail.
crispulopgon@yahoo.es
Espero que mi caso no sea una excepción y que declaren nulo mi arbitraje. Hace 10 días fue el juicio, fue nuestro abogado y uno que mandó el PNAG. Ya os contaré. Yo actué conforme la ley, no entiendo porqué los estafadores de PNAG (porque no son otra cosa) tienen que decir lo contrario.
Estimados amigos viendo la ya buena opinión que tenéis de la corte a contignación remito el ultimo correo enviado a la corte tras u largo proceso de reclamación de unas costas que la comunidad tiene que pagar por una mala gestión de la corte al dictar un laudo nulo si queréis mas información doscarloses@hotmail.com.Son como poco unos incompetentes y nadie debería trabajar con ellos por los perjuicios que causan y no asumen.
Mario(secretario de la corte), como verás es 6 de octubre y de tus sucesivas palabras y promesas dadas personalmente en nuestras conversaciones telefónicas, tanto a Carlos Solís ( le diste tu palabra de que el día 15 de septiembre se realizaría el ingreso en la cuenta de la Comunidad ) como a mí mismo desde el mes de julio de este año, solo se han materializado en mentiras tras mentiras e incumplimiento total por tu parte, por lo que finalmente tenemos razón tanto la gente que me aconsejó desconfiar de vosotros, dadas vuestra falta de profesionalidad, rigor y veracidad, como yo mismo, cuando te lo expresé a ti y tu te sentiste tan ofendido. Ahora ya me explico el comportamiento de otros empleados tuyos como Mónica Cobián o todos los que nos metieron en este fabuloso proceso que tantos perjuicios nos han causado. Si el máximo representante de una organización actúa como tu, es fácil imaginar como lo harán los empleados, así que como se suele decir... “apaga y vámonos”……. Por algo las referencias externas que nos han dado en todo momento personas del sector inmobiliario, administradores de fincas, abogados, otras cortes de arbitraje, así como en foros como http://www.porticolegal.com/foro/arrendamientos/163459/arbitraje donde vemos que no somos los únicos engañados, son tan negativas y por supuesto que las corroboro y les daré oportunamente la razón y las gracias por el aviso de prevención, aunque, a la vista está, haya sido ya tarde.
Volvemos a la situación del e mail inicial que en su día te envié y que te remito más abajo, pero ahora no hay vuelta atrás, os vamos a reclamar las costas por vía judicial, aparte de difundir de forma masiva en todos los medios de comunicación posibles y foros, empleando el tiempo que haga falta y con cumplida copia de las comunicaciones que enviemos a los mismos, vuestra actuación,para intentar evitar que otros incautos trabajen con vosotros y les guiéis sabiamente hacia todos los problemas que nos habéis causado.
Yo tambien estoy afectado y lo que dicen de agilizar es mentira, llevo un año desde que empece con la corta y no he conseguido hechar el inquilino, lo que no dicen es que ellos tardon 4 meses en dictar el laudo pero eso no vale, despues tienes que iniciar el proceso en el juzgado y lo que consigues es llevar 4 meses de retraso.
YO NO LE ACONSEJO A NADIE QUE SE META CON LA CORTE DE ARBITRAJE (QUE CONSULTE ANTES CON ALGUN ABOGADO)