Hola a todos y gracias anticipadas por vuestra ayuda.
Asunto en la A.N. que lo lleva un J.I. - Demanda del Estado contra una empresa y algunos directivos - Ahora el proceso está en fase de diligencias previas
Se trata de conocer desde qué momento procesal y hasta cuándo como límite se pueden presentar pruebas exculpatorias de un empleado demandado.
¿ Convendría hacerlo cuanto antes para que la Fiscalía tuviera tiempo suficiente para poder instruir el expendiente con corrección para evitar condenas improcedentes, o es indiferente ?
¿ Esas pruebas las puede presentar solo el abogado o el propio interesado también ?
Si es Derecho Penal, las pruebas se aportan por las defensas en instrucción y, de ir a juicio, se ratifican en fase de juicio. Las presenta un abogado y exige personación con procurador.
Sí, es derecho penal. Nuestro pánico es que el mismo abogado (despacho "top") es el mismo para la empresa que para el empleado. Y tememos que esas pruebas objetivas y exculpatorias del empleado no se lleguen a presentar o se presenten tarde o fuera de algún plazo legal por ser comprometedoras para la empresa.... Alegan que antes se negociará con la fiscalía y que si no se llega a un acuerdo, se presentarán a juicio. Es algo poco entendible que la fiscalía no cuente antes para la instrucción con esa información... No?