Soy abogada y, necesito saber si al tramitar un asunto para una sociedad limitada tengo que aplicar en la factura el impuesto del IVA o por el contrario el de retenciones, o ambos, en temas fiscales no tengo demasiada preparación y, normalmente trabajo con particulares y simplemente aplco el IVA. Gracias y un saludo
Pues hay que hacer ambas cosas, son independientes. El IVA se lo tienes que cobrar igual al prestarle el servicio.
Respecto a la retención, es una obligación del que te paga, no tuya, el retenerte el 15 %. De todas maneras, por cortesía, deberías indicarle en la factura la retención, para que así te la hagan.