Muy buenas tardes si son tan amables de responderme a una cuestion: cuando se recurre una sentensia de separación, las pruebas que se llevan tienen que ser las del primer juicio o se pueden solicitar nuevas pruebas en el recurso?
Lo miré pero no me aclaro bien.el caso es que yo tengo una pension de mi exmarido por que su señoria me la puso en las medidas de la separación pero él apela porque esta en contra de dar me nada, absolutamente. Me encuentro dsempleada y sin recursos para mi subsistenzia, la pensión es temporal, pero él no esta deacuerdo en nada, pues que la apeló. Hace unos dias fui al banco y el empleado me dijo que la Audiencia provincial le s pidió informe de mi saldo en la cuenta del dia de la sentenzia;le estrañó que yo no supiera nada.
Les pregunto aqui pues mi abogada de oficio tampoco sabe nada de esto, no le dijeron nada de pedir esa informacion demi saldo.
El Articulo 460 es lo normal de aplicacion en un caso como este, el mío?Gracas a quien tenga la amabilidad de responderme, y si hay algun otro reglamento o ley donde mirarlo.
Pero no es más natural que me pidan a mi lo que quieran saber qyue no ir directamente al banco y que ni mi abogada ni yo tampoco sepamos nada de lo que acontece? mi imagen en el banco¿ Como queda? Pero bueno si vd dice que suele hacerse eso pues bueno. G
Gracias por su atención y amables respuestas.