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Antena TDT, debo pagar?

29 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 29 comentarios
22/03/2006 09:29
la azotea es común y arreglar una gotera es una obra necesaria e incluso urgente, obviamente pagan todos
18/03/2006 01:11
Si mi vecino del ultimo piso tiene gotera y pide que se arregle la azotea:
1) Quién corre con los gastos de esa obra, toda la Comunidad o solo los que estén de acuerdo?
2) Se puede aumentar la cuota de forma extraordinaria para acometer esa obra?
28/02/2006 12:33
Gracias ignacio, ya les estoy dando caña, de hecho ya le he dado la orden al abogado de mi compañia para que presente la demanda, denuncia o como se diga.

Y mira por donde ayer me llamó el administrador de mi finca que había estado hablando con mi abogado y que esperase un poco porque si que se estaban moviendo lo que pasa es que estas cosas van lentas, pero que él ya está pidiendo presupuestos para presentar en una reunión que harán a no mas faltar dentro de 1 mes.

Le he dicho que donde está el problema ya que si yo demando y de mientras ellos están de verdad moviendo el tema pues yo retiraré la demanda y todos tan felices.

Suerte desde luego que la voy a necesitar, ya que como dice alguien de este foro "la masa borreguil" en mi comunidad es lo que más abunda.

Un saludo.
27/02/2006 15:03
¡ como eres susi !. Suerte.

Dales caña con lo de las goteras...
27/02/2006 14:43
Muchísimas gracias a todos por vuestras contestaciones. Vamos ya me ha quedado claro que me puedo negar a pagar ya que en la reunión vote en contra de la instalación.
Pero que cuando dentro de unos años quiera conectarme tendré que pagar con los intereses añadidos.
Así todo creo que voy a negarme a pagarlo ya que para cuando venga el "apagón" como dicen por ahí yo seguramente no viva aquí y además antes de que reparen lo que es realmente necesario no pienso gastar el dinero en bobadas que benefician a una minoría y pasan de los problemas realmente importantes.
Lo dicho gracias a todos.
perfil dp
26/02/2006 21:24
Art. 17 de LPH:
B)- La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el RD-ley 1/1998, de 27-2, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas, comunes o privativos, de aprovechamiento de la energía solar, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por 1/3 de integrantes de la comunidad que representen, a su vez, 1/3 cuotas de participación.
La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que NO hubieren votado EXPRESAMENTE en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal.

Me parece que este precepto no deja lugar a dudas. En consecuencia, la pregunta que formula el interpelanten inicial tiene una contestación: SI puede negarse, pero siempre y cuando vota expresamente que NO es la junta que lo decida.
No he leído con detalle todos los mensajes anteriores, de forma que probablemente repita algo que alguno ya habrá apuntado antes que yo.
Saludos
26/02/2006 20:52
No se puede poner.

Pero ... . Hombre, no le recomiendo que la ponga en el balcón de un vecino.

De momento, no es obligatoria la adaptación de las instalaciones comunitarias de antena colectiva a la TDT. Pero cuando venga el "apagón", bastará conque un propietario eija que "siga" la instalación para que haya que adaptarla. Supongo que, en un próximo futuro, Vivienda o Fomento legislarán al respecto
25/02/2006 02:15
Como me da la impresión de que en mi Comunidad no van a aprobar nada, creo que voy a poner una antena parabólica propia y se acabó. Mi pregunta ahora es:
1º) Dónde es exactamente el lugar del edificio donde debo colocar mi propia antena (no quiero que ningún vecino me diga que esa instalción es ilegal.
24/02/2006 00:34
Susi:
a) Para que se pueda poner la instalación, han de votar a favor 1/3 de los propietarios que, al menos, representa 1/3 de las cuotas.
b) La instalación y el mantenimiento de la nueva instalación corre a cargo exclusivamente de los que votan a favor.
23/02/2006 14:47
Ignacio no se trata de si somos o no partidarios de un tipo de instalación, por supuesto que soy partidaria pero en el caso de mi comunidad y dado que en mi población con mucha suerte por ahora no vamos a poder ver más que cuatro canales más y que consultado el tema con antenistas todos dicen que es mejor esperarse pues en la actualidad los aparatos que ponen están muy caros y como todo lo que es tecnología de un año para otro baja de precio considerablemente, pues sinceramente me parece una tontada ponerlo ahora.

Si a todo esto añadimos que en estos momentos tenemos problemas a mi parecer mucho más graves como es arreglar unas goteras del último piso que salen una pasta y que todos se hacen los tontos en arreglarlas, así que como comprenderás mi negativa no es por que sí sin más sino más bien como fruto de unos vecinos que dan preferencia a temas que no los tienen y dejan de lado los que realmente los tienen.

Por eso es por lo que quiero saber si me puedo negar ya que no estoy dispuesta a seguir pagando por lo que a día de hoy es un capricho de 2 vecinos en concreto que son los que realmente lo querían (presidente y secretario) y en cambio no se molesten tan siquiera en buscar una solucion aunque sea momentanea a los problemas de las goteras.

un saludo y gracias de todas formas por tu interes.
23/02/2006 13:56
Como ya te he señalado antes, soy partidario de este tipo de instalaciones y por tanto no me negaría a pagar.

Ya veo que tu te quires negar y por ello te lo voy a poner "dificil":

El sistema de 1/3 permite que una minoria lleve adelante una instalación en contra del regimen habitual de mayoría, pagada por los que expresamente la aprobaron. Por tanto no se admitiría el voto presunto de los ausentes.

Resulta sorprendente, no encaja, que para una modificación estatutaria el voto del ausente sea presuntamente afirmativo y en este caso que exige una "micromayoría" de 1/3 no.

Si entendemos que es un acuerdo de mera administración bastaría mayoría de presentes en segunda convocatoria con el voto presuntamente afirmativo de ausentes.

Resulta paradojico que en tu comunidad se pudiera claramente pintar la escalera con la relación de votos que indicas y con pago de todos, y sin embargo no se pueda exigir el pago de todos por instalación de TDT. A la inversa resulta que 1/3 de los vecinos (con oposición de los demas) pueden poner la instalación a su cargo, pero nunca podrán pintar toda la escalera, aunque sea a su cargo.

A tu favor: la estricta literalidad de la norma. Incluso habrá un defecto procedimental: la notificación de propuesta de acuerdo con antelación de dos meses RDley 1/98

Entiendo que los organos comunitarios utilicen todos los resortes legales posibles para que este acuerdo se ejecute con normalidad, (voto mayoritario y abono de todos). Cualquier otra solución, por legal que sea enturbiará la convivencia, hasta el punto de que cuando quieras la conexión, porque la vas a querer, su precio te resultará alto en lo economico y en conflictividad.
22/02/2006 15:10
Ignacio te indico:

Esto se ha aprobado de la siguiente manera, se convoca reunión se incluye en el orden del día y la reuniòn se celebra a las 21:00 h. en segunda convocatoria con asistencia de 7 propietarios.

La comunidad se compone de 12 viviendas y 2 locales comerciales (los dos son bares por tanto tienen antena de TV) total 14 propietarios.

Se aprueba su instalación con el voto de 6 vecinos a favor uno en contra.

Hasta aquí todo correcto, no?

Esta reunión se celebró el día 10 de febrero y ayer día 20 ya se instaló la antena.

Por un lado:

-6 de 14 creo que no es mayoría.

-Por otro no han dejado pasar el mes que hace
falta por si los vecinos ausentes querían emitir su voto una vez recibida el acta que por cierto aun no hemos recibido.

Bueno explicado esto, sigo preguntando debo pagar o me puedo negar?
21/02/2006 12:13
Después de releer todo el tema creo que hay una cosa que no he dejado clara.

En el supuesto del art 17.2ª LPH basta 1/3 para tomar el acuerdo y solo pagarán quienes hayan votado a favor. Se rompe la regla de mayoría para facilitar la instalación del servicio ( no obligatorio), aunque se carga el gasto en los promotores de la instalación.

No obstante si el acuerdo se toma por unanimidad o mayoria, efectivamente, pagan todos.

Me he centrado exclusivamente en el supuesto de que exista la mayoría de 1/3, que permite realizar la obra.

21/02/2006 11:57
Si obligada significa que o pones TDT o en el 2010 te quedas sin Tv (apagón analogico), es admisible.

Si obligada sigifica que debo instalar el servicio, no es admisible. La autonomia de la voluntad también cuenta para que pueda decidir si quiero tener televisión o telefono, o no tenerlos.

21/02/2006 11:31
La clave del asunto de la TDT es que es una adaptación OBLIGADA por Ley, y la opinión mayoritariá autorizada sostiene que basta para su aprobación mayoría simple de votos y cuotas de los asistentes a Junta y en caso de aprobación pagan TODOS los propietarios incluidos abstenciones y votos en contra.
21/02/2006 10:36
Muchas gracias Ignacio he estado mirando el artículo 17.2ª y el Real Decreto-Ley 1/1998 de 27 de febrero al que hace mención y creo que tienes razón, me puedo acoger a ello.
Pero ahora viene mi dilema:
en mi cdad., estabamos pagando 70 euros al mes 30 eran de cdad., y 40 de una derrama para el pago del ascensor pero todo se paga junto y sin expecificar, el ascensor terminamos de pagarlo este mes y en la reunión se ha acordado que durante 2 meses más seguiremos pagando 70 euros para poder poner el TDT, lo cual supone 80 euros por vecino más 1500 que hay de fondo y que también se va a utilizar para este fin.
En la reunión vote en contra de la instalación y el administrador en principio parece que así lo ha recogido (digo parece porque lógicamente aun no nos ha llegado el acta) cuales son los pasos que debo realizar para que no se me cobren esos 80 euros y que tampoco utilicen el fondo común que tenemos.
Muchísimas gracias.
20/02/2006 18:28
El Art 11 LPH dice que "ningún propietrio podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para..."
Dice tambien que si la cuota de instalación excede de tres mensualidades ordinarias el disidente no está obligado al pago.
Ahora bien, si el disidente quiere participar de la innovación introducida "habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mentenimiento, debidamente actualizados".

de acuerdo a ello es perfectamente licito que uno no quiera realizar ni pagar las obras. Ahora bien. Teniendo en cuento que la mejora da una plusvalía a la vivienda, mi consejo sería votar favorablemente a la instalación. Ya que de votar en contra en el momento que me pueda interesar la instalación de TDT la comunidad me cobrará de golpe y porrazo los gastos que me hubieran correspondido en la obra, e incluso en el mantenimiento, con su correspondiente actualización. Una pasta.

No obstante este tipo de obra podía entrar dentro de las previstas en el art 17.2ª "infraestructuras comunes para el acceso de los servicios de telecomunicación".

En este caso la obra es realizable con el voto favorable de 1/3, ni siquiera haría falta mayoría. Ahora bien el gasto de la instalación solo se sufragará entre quienes hubieran votado favorablemente en la Junta.

En este caso, considero que el mantenimiento deberá ser sufragado por toda la comunidad, y el propietario que quiera acceder al servicicio deberá abonar el coste de instalación actualizado.

Pero para mi la conclusión sería la misma, votar a favor. Y votaría a favor porque es un elemento que revaloriza mi piso y porque si en un futuro deseo "engancharme" al servicio me será mucho más gravoso, y lo que es peor, conflictivo.

20/02/2006 15:16
en mi comunidad quieren tratar el tema de la instalacion pero se da el caso que muchos vecinos tenemos tele por cable, telefono y con internet incluido, ¿Estamos obligados a pagar por esa instalacion?.
12/02/2006 22:28
agobiada, por lo que tengo entendido legalmente todo es correcto, aunque llegar a esos extremos.... aunque claro habria q ver la situacion porque hay gente muy cara que quiere tener sin pagar y claro..., cosa diferente serian gente mayor con pensiones pequeñas que se sabe que no van a querer usarla..... es que creo que las opiniones de aqui del foro son orientativas nada mas porque luego hay que analizar cada caso muy detalladamente....
12/02/2006 21:53
Hicimos el otro día una reunión para cambiar de presidente y hablar de dos temas:
1º Cambiar la antena sustituyéndola por una instalación completamente nueva (incluida una parabólica comunitaria).
2º Capa asfáltica en la azotea.
Solo asistimos 5 vecinos de 14 y todos estuvimos de acuerdo; el problema es que se decidió aumnetar la cuota de la comunidad. Mi pregunta es:
¿Tenemos que consultar al resto de los vecinos si están de acuerdo o sólo con la mayoría absoluta de los asistentes a la reunión es válida?