Efectívamente, en derecho administrativo los plazos son preclusivos lo que significa que transcurrido el plazo legal para interponer el recurso, el acto devine firme y en este caso al haber transcurrido los 2 meses el acto es firme a todos los efectos en vía administrativa y judicial.
muchas gracias, primero por la rapidez en la contestación y segundo por la información, no obstante entiendo que en la resolución de inadmision por presentarlo fuera de plazo,en dicha resolucion no me van a dar nuevo plazo de dos meses para ir al contencioso.
Entonces ya no puedes hacer nada. Frente a la desestimación del recurso de alzada se abren dos opciones: interponer recurso de reposición o contencioso. Para interponer el de reposición tenías un mes y 2 para el contencioso. Según lo que dices se te ha pasado el plazo. Ya no puedes hacer nada siento que no puedas recurrir.
perdón se me olvidó incluir que el recurso potestativo de reposición se ha presentado fuera de plazo (dos meses).en vez de un mes con establece la legislación