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ampliatoria recurso reposicion

4 Comentarios
 
ampliatoria recurso reposicion
29/08/2010 22:23
perdón se me olvidó incluir que el recurso potestativo de reposición se ha presentado fuera de plazo (dos meses).en vez de un mes con establece la legislación
29/08/2010 22:37
Entonces ya no puedes hacer nada. Frente a la desestimación del recurso de alzada se abren dos opciones: interponer recurso de reposición o contencioso. Para interponer el de reposición tenías un mes y 2 para el contencioso. Según lo que dices se te ha pasado el plazo. Ya no puedes hacer nada siento que no puedas recurrir.
29/08/2010 22:38
El recurso de reposición te lo inadmitirán por presentarlo fuera de plazo.
29/08/2010 22:54
muchas gracias, primero por la rapidez en la contestación y segundo por la información, no obstante entiendo que en la resolución de inadmision por presentarlo fuera de plazo,en dicha resolucion no me van a dar nuevo plazo de dos meses para ir al contencioso.

un saludo siegfried.....
30/08/2010 13:59
Efectívamente, en derecho administrativo los plazos son preclusivos lo que significa que transcurrido el plazo legal para interponer el recurso, el acto devine firme y en este caso al haber transcurrido los 2 meses el acto es firme a todos los efectos en vía administrativa y judicial.