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Alta en SS sin contrato previo.

3 Comentarios
 
Alta en ss sin contrato previo.
26/05/2007 16:48
Hola, buenas tardes. Paso a hacer una consulta a los estimados foreros. ¿Puede la empresa dar de alta en la SS a un trabajador sin haberse firmado ningún contrato previamente? Gracias por vustras opiniones? Saludos.
26/05/2007 17:39
Sí. El Art. 8.1. del Estatuto de los Trabajadores dice que el contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra.

En el 8.2. de la misma Ley se relacionan los contratos que obligatoriamente deben constar por escrito, entre ellos los de tiempo parcial, obra o servicios, prácticas y formación....

Así que en principio no existe inconveniente salvo en los supuestos del apartado 2. del Artícculo 8 del ET.

No obstante el contrato podrá ser formalizado por escrito con posterioridad.

Saludos
26/05/2007 17:50
Además sobre el asunto se puede decir lo que sigue: las altas de trabajadores en la seguridad social se deben producir previo al momento de inicio de la relación laboral y prestación de los servicios. Las altas presentadas con carácter previo a la prestación de los servicios únicamente surtirán efectos, en orden a los derechos y obligaciones inherentes a dicha situación, a partir del día en que se inicie la actividad. Con ello se refuerza la idea de que el alta se puede producir antes de la firma del contrato...
27/05/2007 07:47
Muchas gracias por vuestras respuestas. Saludos.