hola, Ignacio yo soy la arrendadora , el piso esta a nombre de mi marido difunto y mio , mis pensamientos es de alquilarlo y mudarme a otro barrio con la renta de mi piso pagaría el alquiler del otro piso como arrendataria, siempre y cuando no tenga que pasarle una parte del alquiler a mis hijos , porque algunos de ellos podría reclamarme algo o no? ATT.
quizá pudieran reclamarle algo, y no solo eso sino que no pudiera alquilar por decisión exclusiva suya
todo depende de las disposiciones testamentarias y de la masa hereditaria, ya que, si en su comunidad autónoma es de aplicación el código civil español, usted es al menos usufructuaria de 1/3 de los bienes de su marido fallecido
si usted es usufructuaria del 50% del piso que pertenecía a su marido, podría alquilarlo por su libre decisión, y suya sería la integridad de la renta obtenida
Por aclararle un poco las cosas, lo primero que tienen que hacer es el reparto de la herencia y en base a ello ver que se puede o no se puede hacer con los bienes que le sean adjudicados.
Me da la sensación de que no son muy buenas las relaciones por su forma de expresarse, por tanto en evitación de problemas hagan cuanto antes la testamentaria y actue en consecuencia con lo suyo. (AL decir "lo suyo" me refiero a lo que le corresponda en propiedad y en usufructo).
Hola, Enderbury21, me ha servido de aclaración su respuesta puesto que una vez leído el testamento de mi marido me lega el usufructos total de sus bienes y de la vivienda conjugal , dejando la mínima estricta según ley a los herederos , hombre sabio dándose cuenta de como estaban las relaciones familiares entre padres e hijos. muchas gracias. att.
Me he perdido. Si lega la mínima estricta a los herederos y a usted el usufructo universal, ¿quién es el nudo propietario de lo que no es la mínima estricta? Me parece más lógico que haya legado la nuda propiedad de todos los bienes a los herederos y a usted el usufructo universal.