Buenas tardes, tengo una vivienda alquilada con la que firmamos en su dia un contrato de un año, el cual se ha ido prorrogando año a año pero el 30.10.2011 cumple los 5 años que establece la Ley de Arrendamiento urbano.
Las dos partes estamos de acuerdo en seguir con el alquiler del inmuble.
¿ Tenemos que firmar un nuevo contrato?
¿ Se puede prorrogar por un año más hasta un maximo de tres sin tener que firmar ninguna clausula?
Según creo haber leído en la LAU (que deberías consultar), es de 5 para vivienda y 3 para locales etc... o simplemente cualquier habitáculo no destinado a vivienda.
Se prorrogan automáticamente cada año, y tienen derecho los inquilinos a permanecer ese tiempo siempre que cumplan el contrato.
muchas gracias dactivo, pero yo estoy consultando precisamente cuando el contrato ya ha llegado a los 5 años que estable la LAU.
He leido en algun sitio que llegados los 5 años, se puede prorrogar hasta otro maximo de 3 más, creo que sin necesidad de ninguna clausula al contrato inicial ( ademas esto es lo que me comenta Lexdura).
Correcto, el contrato se puede renovar año a año hasta 3 años más, forzosamente para el propietario y voluntariamente para usted si no se manifestó antes del cumplimiento de los cinco primeros años la voluntad expresa de no renovarlo y todo ello sin necesidad de documentarlo con un nuevo contrato. Después de estos 3 años, se irá prorrogando año a años si ambas partes están de acuerdo.