Hola a todos, tengo intención de alquilar un local comercial, y lo quiero hacer sí o sí por el plazo de un año. Sé que en las viviendas se puede prorrogar hasta cinco años, pero yo quiero que el arrendatario se vaya al año y no me pueda exigir estar más.
Sería suficiente poner en la duración del contrato que será de un año improrrogable o podría tener problemas cuando pase el año. Gracias.
Hola Judiro. Los contratos de uso distinto al de vivienda se rigen por lo pactado entre las partes. Por lo tanto, la mejor opción será establecer la duración de 1 año con exclusión a la finalización del mismo de la tácita reconducción civil.