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Alquiler de vivienda. Retribucion en especie

3 Comentarios
 
Alquiler de vivienda. retribucion en especie
04/08/2008 22:37
Hola,

Me gustaría saber si es retribución en especie o no cuando el empleador cede el uso de una vivienda al empleado pero no de forma gratuita sino por precio inferior al de mercado, es decir, pagando un alquiler o renta el empleado al empleador por un precio inferior al del mercado en lo que se refiere a alquiler.

He buscado información al respecto y no salgo de dudas: en algunas publicaciones aparece que sólo la cesión gratuita del uso de la vivienda puede ser retribución en especie; en otras pone que sólo es retribución en especie la diferencia entre lo pagado por el empleado y el valor de mercado que tendría ese alquiler.

No obstante esto último (retribución en especie = diferencia entre lo pagado y el valor de mercado) no he encontrado en la normativa del IRPF la base legal de este supuesto ya que establece que la vivienda se valorará según su valor catastral (revisado o no) o a partir del Impuesto sobre el Patrimonio. Es decir, no he encontrado nada sobre que la valoración de la especie sea igual a la diferencia de valores arriba indicada.

¿Alguién puede decirme como calcular la especie, caso de que lo sea, en estos casos?

Saludos.
13/08/2008 13:06

No se vuelva loco, la retribución en especie se la calcula a usted la empresa y así se lo hará constar en el certificado para el IRPF que le será entregado a principios del próximo año

saludos
22/08/2008 11:05
Muchas gracias soycarlitos pero en este caso debo calcular yo la especie a los trabajadores que están en estos supuestos. ¿Alguién puede ayudarme con ello?

Muchas gracias y un saludo.
22/08/2008 11:12
Perdón, no le había entendido bien

En ese caso, el importe en especie es la diferencia entre el valor aproximado de mercado y lo que usted les cobra

saludos