Buscando documentación para interponer la demanda por desahucio, he encontrado una sentencia del año 1992, donde se había reclamado las rentas y no asistiendo a la vista la parte demandada, se dictó sentencia estimatoria, por el cual había lugar al desahucio y después lanzamiento, no se porque no se llevó a cabo éste, mi pregunta es ¿Qué puedo hacer con esta Sentencia después de tantos años? ¿Se puede ejecutar o tomar cualquier otra medida?
Muchas gracias por adelantado.
Entiendo que en primer lugar he de pagar yo la cantidad y después repercutirlas a la inquilina. En el caso de impago por parte de la inquilina ¿sería motivo de desahuicio, según LAU 1964?
Respecto a las cuotas de comunidad, si siempre las había pagado la inquilina denería seguir haciéndolo, por lo que puede reclamar esas cantidades.
La misma consideración creo que puede darse a los otros conceptos, pues se refieren al mantenimiento de la vivienda; por ello, podrán ser repercutidas en el modo legalmente previsto y, sin no son satisfechas, también podrían ser objeto de la misma reclamación.
En principio dependerá del concepto a que se refieran las derramas, pues es posible que algunas de ellas fueran repercutibles. Si lo son y, a pesar de la comunicación en tal sentido, no las abona, sí podría usted instar un procedimiento de desahucio por falta de pago. Pero habría que saber exactamente los conceptos.
Tengo una vivienda con alquiler de renta antigua (15 € mes) y la comunidad de propietarios me está reclamando las cuotas de escalera impagadas por la inquilina (600 €) y las derramas pendientes de hace varios años (1.000 €) ¿se le puede imputar este pago a la inquilina? ¿se puede rescindir el contrato por no pagar a la comunidad?