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alquiler de negocio

2 Comentarios
 
Buenos días
Totalmente de acuerdo con Acriton. Solamente añadir, que es muy frecuente que los particulares hagan este tipo de cosas por si mismos y luego no hay manera de arreglarlas.

Quedo a su disposición
Carmen Abogada de Málaga
Tel 952213934/647714784
18/02/2015 10:31
Para ese tipo de contrato, asesórese previamente por un abogado. Después cuando las cosas se pongan mal, lo lamentará.
Alquiler de negocio
17/02/2015 19:34
Hola: la pregunta sería si alguien me puede asesorar,
las posibles inquilinas de un local de mi propiedad me planteal que, hacen el contrato de arrendamiento a nombre de dos personas como socias y con denominacion social (empresa sociedad) que añada en contrato el derecho a subarriendo aduciendo que si el dia de mañana decide una de ellas irse de la sociedad y cambiar el nombre pueden hacerlo de esa manera.
Yo pregunto si pongo una clausula que indique la posibilidad y por una vez solamente que puedan cambiar el nombre de la sociedad pero que la nueva tendrá que por lo menos estar constituida por una de las dos o incluso por ambas aunque cambien la denominación social, esto seria lo correcto?
Gracias. un saludo